RESOLUCION Nº 058-2015-INACAL/PE - Designan Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del INACAL

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2015
561096 NORMAS LEGALES Jueves 10 de setiembre de 2015 /
El Peruano
Dirección General de Seguridad Ciudadana, órgano
de línea dependiente del Despacho Viceministerial de
Orden Interno, se encarga de evaluar el cumplimiento
de las políticas y planes nacionales por las entidades
competentes de los tres niveles de gobierno, ejerciendo
la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad
Ciudadana -CONASEC;
Estando a lo propuesto por la Dirección General
de Seguridad Ciudadana, y la opinión favorable de la
Dirección General de Plani cación y Presupuesto y de la
O cina General de Asesoría Jurídica, resulta conveniente
aprobar el Reglamento Interno Comité Técnico de
Coordinación del Sistema Nacional de Información para
la Seguridad Ciudadana;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior; la Ley N° 27933, Ley del
Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°
011-2014-IN; y el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno del
Comité Técnico de Coordinación del Sistema Nacional
de Información para la Seguridad Ciudadana, el mismo
que consta de veinte (20) Artículos y una (01) Disposición
Complementaria Final, que como anexo adjunto forma
parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y del Reglamento Interno en el Diario O cial
“El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio del
Interior (www.mininter.gob.pe).
Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de
Seguridad Ciudadana la difusión del Reglamento
aprobado por la presente Resolución, especialmente
entre las diversas instancias y componentes del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
1285219-1
PRODUCE
Designan Secretaria Técnica de los
Órganos Instructores del Procedimiento
Administrativo Disciplinario del INACAL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 058-2015-INACAL/PE
Lima, 7 de setiembre de 2015
VISTO:
El Informe N° 004-2015-INACAL/OA-RH, del
Responsable de Recursos Humanos, el Informe
N° 059-2015-INACAL-OA, de la Jefa de la O cina de
Administración y el Informe N° 063-2015-INACAL/OAJ,
del Jefe de la O cina de Asesoría Jurídica y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por
objeto establecer un régimen único y exclusivo para las
personas que prestan servicios en las entidades públicas
del Estado, así como para aquellas personas que están
encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades
y la prestación de servicios a cargo de estas;
Que, el literal a) de la Novena Disposición
Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil
dispone, entre otros, que el Título V referido al Régimen
Disciplinario y Procedimiento Sancionador, se aplicará
una vez que entren en vigencia las normas reglamentarias
de dicha materia;
Que, de acuerdo con la Undécima Disposición
Complementaria Transitoria del Reglamento General de
la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo
N° 040-2014-PCM, el citado Título V entró en vigencia
a los tres meses de su publicación, esto es el 14 de
setiembre de 2014, con el n de que las entidades
adecuen internamente el procedimiento administrativo
disciplinario;
Que, conforme al artículo 92 de la Ley del Servicio
Civil, al artículo 94 del Reglamento de la Ley del Servicio
Civil y el numeral 8.1 de la Directiva N° 02-2015-SERVIR/
GPGSG “Régimen Disciplinario y Procedimiento
Sancionador de la Ley N° 30057”, las autoridades de los
Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo
Disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario
Técnico, de preferencia abogado y designado mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, el Secretario Técnico puede ser un servidor civil
de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus
funciones y es el encargado de precali car las presuntas
faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la
fundamentación y administrar los archivos emanados del
ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la
entidad pública;
Que, mediante Informe N° 059-2015-INACAL-OA, la
Jefa de la O cina de Administración, mani esta que es
necesario designar al Secretario Técnico de los Órganos
Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario
del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, proponiendo
a la señora Karina Quispealaya Rojas, para que ocupe
dicho cargo en adición a sus funciones como abogada de
Recursos Humanos;
Que, por lo antes expuesto, resulta necesario designar
al servidor civil que ejercerá la función de Secretario
Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento
Administrativo Disciplinario del Instituto Nacional de
Calidad - INACAL;
Con el visto de la Jefa de la O cina de Administración,
del Jefe de la O cina de Asesoría Jurídica y de la
Secretaría General;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°
30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo
N° 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley
del Servicio Civil; la Ley N° 30224, Ley que crea
el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto
Nacional de Calidad, el Decreto Supremo N°
004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización
y Funciones del INACAL, modificado por Decreto
Supremo N° 008-2015-PRODUCE y la Resolución
Suprema N° 004-2015-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la abogada Karina
Quispealaya Rojas como Secretaria Técnica de los
Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo
Disciplinario del Instituto Nacional de Calidad -INACAL,
en adición a sus funciones.
Artículo 2.- Disponer, que la Oficina de
Administración supervise y monitoree el cumplimiento
de las funciones de la Secretaria Técnica de los
Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo
Disciplinario.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Portal Institucional del Instituto
Nacional de Calidad - INACAL (www.inacal.gob.pe),
el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCIO BARRIOS ALVARADO
Presidenta Ejecutiva
Instituto Nacional de Calidad
1285164-1

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