Resolucion N° 03855-2022. Designan, en representación de la SBS, administradora temporal alterna de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jehová Jireh – Dios Proveedor; y de la Cooperativa de Ahorro y Crédito SHEFA

Fecha de publicación20 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 16 de diciembre de 2022

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 3134-2020, notificada el 17.12.2020 y Resolución SBS N° 2821-2020, notificada el 18.11.2020, esta Superintendencia declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jehová Jireh – Dios Proveedor y la Cooperativa de Ahorro y Crédito SHEFA respectivamente, por encontrarse incursas en la causal de inactividad, prevista en el subnumeral 5-A.6. del numeral 5-A. de la Vigésimo Cuarta Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias (en adelante, Ley General), y en el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por Resolución SBS N° 5076-2018 y su modificatoria;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de la Resolución SBS Nº 3134-2020, se designó al señor Waldo Frank Chevarria Lupu, identificado con DNI N° 42458305 como administrador temporal alterno de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jehová Jireh – Dios Proveedor para que, en representación de la Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la misma, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la parte resolutiva de la Resolución SBS Nº 2821-2020, se designó al señor Waldo Frank Chevarria Lupu, identificado con DNI N° 42458305 como administrador temporal alterno de la Cooperativa de Ahorro y Crédito SHEFA para que, en representación de la Superintendencia, realice los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la misma, conforme a lo establecido en la Ley General y demás normas aplicables;

Que, este Organismo de Supervisión y Control ha determinado dejar sin efecto las designaciones del indicado administrador temporal alterno, conforme se detalla en la parte resolutiva de la presente Resolución;

Que, a efectos de garantizar la continuidad de las acciones correspondientes durante el régimen de disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Jehová Jireh – Dios Proveedor y de la Cooperativa de...

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