Resolución Nº 030-2015-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 030-2015-SMV/10.2)

Número de resolución030-2015-SMV/10.2
Fecha08 Abril 2015
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELADIVERSIFICACIÓNPRODUCTIVAYDELFORTALECIMIENTODELAEDUCACIÓN
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 030-2015-SMV/10.2
Lima, 08 de abril de 2015
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2015001239, referido a la solicitud de
autorización para organizar una sociedad administradora de fondos de inversión a ser
denominada Salkantay Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., así
como el Informe Nº 276-2015-SMV/10.2 de fecha 31 de marzo de 2015;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados hasta el 24 de marzo
de 2015, los señores Martín Alonso Aspíllaga Freire, Luis Fernando Miranda Rivera,
Guillermo Emilio Miró Quesada Le Roux y José Ignacio Palma García Zapatero,
solicitaron autorización para la organización de Salkantay Sociedad Administradora de
Fondos de Inversión S.A., que podrá utilizar la denominación abreviada Salkantay
SAFI S.A.;
Que, de acuerdo con la información presentada, los
señores Martín Alonso Aspíllaga Freire, Luis Fernando Miranda Rivera, Guillermo
Emilio Miró Quesada Le Roux y José Ignacio Palma García Zapatero, tendrán una
participación accionaria de 25% cada uno en Salkantay Sociedad Administradora de
Fondos de Inversión S.A.;
Que, de la evaluación a la documentación presentada se
ha determinado que los organizadores de Salkantay Sociedad Administradora de
Fondos de Inversión S.A. han cumplido con los requisitos para la obtención de la
autorización de organización, establecidos en los artículos 13° y 14° del Reglamento
de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución
SMV N° 029-2014-SMV/01, así como con lo señalado en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Superintendencia de Mercado de Valores,
aprobado por Resolución de Superintendente N° 146-2014-SMV/02, vigente al
momento de la presentación de la solicitud de organización; tal como se desarrolla en
el Informe Nº 276-2015-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de
Entidades;
Que, asimismo, al no haberse presentado objeciones a la
formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del
plazo establecido por el artículo 14° del Reglamento de Fondos de Inversión y sus
Sociedades Administradoras, corresponde otorgar la autorización solicitada; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 12° de la Ley de
Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, Decreto Legislativo N° 862 y
sus modificatorias, el artículo 38°, numeral 5, inciso i), del Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado
por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y su modificatoria.

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