Lima, 4 de enero de 2024
VISTO Y CONSIDERANDO:
El oficio N.° 752-2023-2°FSTEDCPFP-MP-FN, cursado por el doctor Alcides Mario Chinchay Castillo, Fiscal Supremo Provisional Transitorio, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos, mediante el cual eleva propuestas a fin de reestructurar la conformación de su Despacho.
El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N.° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley N.° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N.° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.
Según el numeral 64.2 de la Ley N.° 30483, también modificada mediante Ley N.° 31718, establece que los fiscales provisionales...