Resolucion Nº 022-2022-SMV/01. Autorizan la difusión del Proyecto de modificación del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01, del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1, del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01, y del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado por Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10.

Fecha de publicación11 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 9 de septiembre de 2022

VISTOS:

El Expediente N° 2022036574 y el Informe Conjunto N° 1185-2022-SMV/06/10/12 del 8 de septiembre, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Investigación, Desarrollo e Innovación, así como el Proyecto de modificación del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01, del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1, del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV N° 029-2014-SMV/01, y del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado por Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10 (en adelante, el “Proyecto”);

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 (en adelante, Ley Orgánica de la SMV), la SMV tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de los precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción;

Que, el literal b) del artículo 5 de la Ley Orgánica de la SMV establece como atribución del Directorio de la SMV la aprobación de la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV;

Que, mediante Resolución CONASEV Nº 001-97-EF/94.10, se aprobó el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos (en adelante, Reglamento de Procesos de Titulización), a efectos de establecer las normas a las que deben sujetarse quienes intervengan en tales procesos, de manera que les permita establecer, dentro de condiciones adecuadas de transparencia, la estructura que mejor sirva a sus intereses y necesidades financieras;

Que, con Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01 se aprobó el Reglamento de Agentes de Intermediación (en adelante, el Reglamento de Agentes), el cual establece las disposiciones aplicables a los agentes de intermediación a que se refiere el Título VII de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus modificatorias (en adelante, la LMV), así como las disposiciones relativas a la actividad de...

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