Resolucion Nº 0218-2022/SEL-INDECOPI. Declaran barreras burocráticas ilegales determinadas medidas contenidas en la Ordenanza N° 1144 y su modificatoria la Ordenanza 1661 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Ordenanza N° 293 de la Municipalidad Distrital de La Molina

Fecha de publicación30 Julio 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Sala Especializada en Eliminación

de Barreras Burocráticas

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas.

FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 21 de junio de 2022.

ENTIDADES QUE IMPUSIERON LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Metropolitana de Lima y Municipalidad Distrital de la Molina.

NORMAS QUE CONTIENEN LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

(i) Sección de “Estaciones de Difusión y Retransmisión y Satélite” del cuadro de Índice de Usos aprobado por la Ordenanza 1144 y su modificatoria, la Ordenanza 1661.

(ii) Numeral 1) del artículo 7 de la Ordenanza 293.

(iii) Literal c) del artículo 14 de la Ordenanza 293.

PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA 0012-2021/CEB-INDECOPI del 19 de enero de 2021.

BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:

Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas:

(i) La prohibición de instalar estaciones de radiocomunicación en áreas distintas a las de uso público, materializada en la sección de “Estaciones de Difusión y Retransmisión y Satélite” del cuadro de Índice de Usos aprobado por la Ordenanza 1144, que aprueba el reajuste integral de la zonificación de los usos del suelo del Distrito de La Molina, que es parte de las áreas de tratamiento normativo I y III de Lima Metropolitana (en adelante, Ordenanza 1144) y su modificatoria, la Ordenanza 1661, que aprueba la Actualización de la Zonificación de los Usos del Suelo e Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas para el Distrito de La Molina (en adelante, Ordenanza 1661), ambas expedidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como el numeral 1) del artículo 7 de la Ordenanza 293, Ordenanza que reglamenta la instalación de infraestructura en telecomunicaciones en el Distrito de La Molina, emitida por la Municipalidad Distrital de la Molina (en adelante, Ordenanza 293).

(ii) La prohibición de regularizar autorizaciones de infraestructura de telecomunicaciones que se encuentren en ubicaciones no permitidas por la Municipalidad, materializada en el literal c) del artículo 14 de la Ordenanza 293.

SUSTENTO DE LA DECISIÓN:

El artículo 5 de la Ley 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, señala que los permisos sectoriales, regionales, municipales, o de carácter administrativo en general, que se requieran para instalar en propiedad pública o privada la infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de...

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