Resolución Nº 018-2022-SUNEDU-03-10 de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 15-09-2022

Fecha15 Septiembre 2022
Número de resolución018-2022-SUNEDU-03-10
EmisorSuperintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
1
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0018-2022-SUNEDU-03-10
Lima, 15 de setiembre de 2022
VISTOS:
La solicitud de pago por subsidio de sepelio (RTD N° 043952-2022-SUNEDU-TD) del 19
de agosto de 2022, presentada por la señora NINOSKA MIGUELINA MADRID BURY; el Informe
N° 046-2022-SUNEDU-03-10-JNCQ del 02 de setiembre de 2022; el Informe N° 032-2022-
SUNEDU-03-10-RMKG del 14 de setiembre de 2022, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 12 de la Ley 30220, Ley Universitaria, se crea la
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria como un organismo público
técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional,
económica, presupuestal y administrativa para el ejercicio de sus funciones, la que tiene
naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal;
Que, asimismo, a través de la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la
Ley N° 30220, Ley Universitaria, se dispuso que la Sunedu asuma la administración y pago de
las pensiones de los/as pensionistas de la extinta Asamblea Nacional de Rectores
pertenecientes al régimen pensionario regulado por el Decreto Ley N° 20530;
Que, por su parte, en el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la
Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado mediante Decreto
Supremo N° 006-2018-MINEDU, (en adelante, el ROF) señala que la Oficina de Recursos
Humanos es el órgano de apoyo, encargado de conducir, ejecutar y supervisar la gestión de
recursos humanos en la Sunedu;
Que, a través de la solicitud signada con el RTD N° 043952-2022-SUNEDU-TD, la señora
NINOSKA MIGUELINA MADRID BURY, solicitó el pago por concepto de subsidio por gastos de
sepelio de quien en vida fuera su cónyuge, el ex pensionista CARLOS GONZALEZ STAGNARO,
acontecido el 11 de agosto de 2022; acreditando su solicitud con el Acta de Defunción emitida
por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC, copia de su partida de
matrimonio con lo cual se acredita su vínculo familiar directo y la boleta de venta electrónica
N° B006-00006956 emitida por la empresa “Funeraria Jardines S.A.” y la boleta de venta N°
002-001167 emitido por la funeraria José Cabrera “Crespo”;
Que, con respecto al otorgamiento del subsidio por gastos de sepelio, de los
documentos adjuntados a la solicitud, se observa que la recurrente, en calidad de cónyuge
supérstite, adjuntó copia de la boleta de venta por el servicio funerario correspondiente a
nombre suyo, acreditando que la recurrente ha corrido con los gastos de sepelio de su fallecido
cónyuge, señor CARLOS GONZALEZ STAGNARO;
Firmado Digitalmente por:
KUZMA GALLARDO Rodolfo
Martin FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 15/09/2022 17:25:49
Firmado Digitalmente por:
CIPRA QUISPE Jennyfer
Nataly FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 15/09/2022 18:27:56
Firmado Digitalmente por:
SILVA BALBUENA Ada Giovanna
FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 15/09/2022 19:47:52

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