Resolución Nº 016-GCPS-ESSALUD-2023 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 31-03-2023

Número de resolución016-GCPS-ESSALUD-2023
Fecha31 Marzo 2023
EstatusVigente
Tipo de documentoDocumento Técnico
EmisorGerencia Central de Prestaciones de Salud
~EsSalud
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de
la
unidad,
la
paz
y el desarrollo"
RESOLUCIÓN
DE
GERENCIA
CENTRAL
DE
PRESTACIONES
DE
SALUD
016-GCPS-ESSALUD-2023
Lima, 3 1
MAR.
2023
VISTOS:
El
Informe 107-GPNAIS-GCPS-ESSALUD-2023, mediante el cual, la Gerencia de Políticas y Normas
de Atención Integral de Salud, remite el proyecto de Resolución del "Documento Técnico Orientador para
el
Fortalecimiento de
la
Donación Voluntaria
de
Sangre en el Seguro Social de Salud -ESSALUD";
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo I del Título Preliminar de
la
que la salud,
es
condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar
el
bienestar individual y colectivo;
Que, la Ley 26454, Ley que declara de orden público e interés nacional la obtención, donación,
conservación, transfusión y suministro de sangre humana, declara
de
orden público e interés nacional la
obtención, donación, conservación, procesamiento, transfusión y suministro de sangre humana sus
componentes y derivados;
Que, el Decreto Supremo 03-95-SA, que aprueba el Reglamento
de
la Ley 26454, modificado con
004-2018-SA, regula las actividades de obtención, donación, conservación,
transfusión y suministro de sangre humana, sus componentes y derivados; así como los aspectos
de
supervisión, fiscalización y monitoreo de las mencionadas actividades; con el fin
de
proporcionar sangre
segura, en calidad y cantidad necesarias.
Que,
de
conformidad con lo establecido en
el
Numeral 1.2 del artículo 1 ° de
la
de
Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD, tiene por finalidad
dar
cobertura a los asegurados y sus
derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación,
rehabilitación, prestaciones económicas y sociales, que corresponden
al
régimen contributivo de la
Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos.
Que, en el literal
e)
del artículo de
la
Ley 27056, se establece como una de las funciones
de
ESSALUD, formular y aprobar sus reglamentos internos, así como otras normas que le permitan ofrecer
sus servicios de manera ética, eficiente y competitiva;
Que, con Resolución Ministerial 628-2006/MlNSA, se ha aprobado el Documento Técnico:
. "Lineamientos de Política del PRONAHEBAS", con la finalidad de contribuir a desarrollar acciones
··
sanitarias sectoriales conducentes a la disponibilidad y uso de sangre y hemocomponentes con niveles
óptimos
de
calidad y seguridad.
Que, de acuerdo a la Resolución
de
Presidencia Ejecutiva 656-PE-ESSALUD-2014
se
aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD y modificado por las Resoluciones
de
Presidencia Ejecutiva
601-PE-ESSALUD-2015, 767-PE-ESSALUD-2015, 141-PE-ESSALUD-
2016, 310-PE-ESSALUD-2016, 328-PE-ESSALUD-2016, 394-PE-ESSALUD-2016, 055-PE-
ESSALUD-2017, 142-PE-ESSALUD-2017, 347-PE-ESSALUD-2017, 539-PE-ESSALUD-2017,
390-PE-ESSALUD-2021, 420-PE-ESSALUD-2022 Y 999-PE-ESSALUD-2022;
Que, mediante Resolución de Gerencia General 1553-GG-ESSALUD-2020, se aprobó la Directiva
21-GCPP-ESSALUD-2020, "Normas para
la
formulación, evaluación, aprobación y actualización
de
documentos normativos y documentos técnico-orientadores en ESSALUD", con el objetivo
de
establecer
las normas y criterios para la formulación, evaluación, aprobación y actualización
de
los documentos
normativos y técnico-orientadores al interior de la Institución, que son necesarios para el ejercicio de las
funciones
de
las unidades de organización que conforman
el
Seguro Social de Salud- ESSALUD;
www.essalud.gob.pe
Jr.
Domingo Cueto
120
Jesús
Maria
Lima
11
-Perú
Tel.:
265-6000
/
265-7000

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