Resolucion N° 008-2023-MP-FN-JFS. Dividen fiscalías en Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, y Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, y crean las Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad en los Distritos Fiscales de La Libertad, Madre de Dios y Ucayali

Fecha de publicación11 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 9 de enero de 2023

VISTOS:

Los Informes Nº 1-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHIT y Nº 2-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHIT, de fechas 4 y 6 de enero de 2023, respectivamente, elaborados por el fiscal superior de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializada en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de Terrorismo; el Oficio Nº 42-2023-MP-FN-GG-OGPLAG, de fecha 7 de enero de 2023, emitido por la Oficina General de Planificación y Presupuesto; Informe Nº 3-2023-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 8 de enero de 2023, emitido por la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal; y, el Oficio Nº 143-2023-MP-FN-OREF, de fecha 9 de enero de 2023, emitido por la Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales;

CONSIDERANDO:

Que, a través de los Informes Nº 1 y 2-2023-MP-FN-CFSN-FPS, el fiscal superior coordinador nacional de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializada en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de Terrorismo remite la propuesta de reorganización de las Fiscalías Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad y Delitos de Terrorismo; asimismo, la creación de las fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad en los Distritos Fiscales: La Libertad, Madre de Dios y Ucayali.

Mediante el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 1612-2021-MP-FN, de fecha 25 de noviembre de 2021, se dispuso: “ampliar la competencia de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinación en los Procesos por Delitos de Terrorismo y Fiscalías Penales Supraprovinciales, para que conozcan además de los delitos de terrorismo previstos en el Decreto Ley Nº 25475 y apología del delito de terrorismo; de los delitos contra la humanidad previstos en los capítulos I, II, y III del Título XIV - A del Código Penal; y los delitos comunes que hayan constituido casos de violación de derechos humanos, así como los casos de delitos conexos a los mismos (…)”.

Asimismo, a través del artículo segundo de la resolución mencionada, se modificó la denominación de la Coordinación y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinación en los procesos por Delitos de Terrorismo. De este modo, en el caso de la denominación de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinación en los Procesos por Delitos de Terrorismo se modificó por la Coordinación de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos, Interculturalidad y Delitos de...

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