Resolución nº 0079-2006 de Superintendencia de Banca y Seguros, 27-01-2006

Fecha27 Enero 2006
EmisorSuperintendencia de Banca y Seguros
Tipo de documentoSistema de Seguros,Sistema Financiero
Resolución SBS N° 0079-2006

Lima, 27 de enero de 2006


Resolución S.B.S.

Nº 79 -2006

El Superintendente de Banca, Seguros

y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones


CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, en sus artículos 185° y 299° establece las partidas que determinan el patrimonio efectivo de las empresas del sistema financiero y de seguros;


Que, mediante Ley N° 28184 promulgada el 09 de febrero de 2004 se modificaron los artículos antes citados de la Ley General, a efectos de considerar como partida deducible para la determinación del Patrimonio Efectivo de las empresas del sistema financiero y del sistema de seguros, la plusvalía mercantil o crédito mercantil (goodwill) producto de la reorganización de la empresa, así como de la adquisición de inversiones, estableciéndose un plazo de adecuación;


Que, conforme con la Resolución SBS Nº 895-98 de 01 de setiembre de 1998 y sus normas modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en adelante Manual de Contabilidad;


Que, el citado Manual de Contabilidad contiene el Capítulo V “Anexos y Reportes a los Estados Financieros”, formando parte de dicho Capítulo los Reportes N° 2 - Anexo A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo” y N° 3 “Patrimonio Efectivo”;


Que, es necesario adecuar los Reportes N° 2 y N° 3 antes señalados, a la modificación establecida a la Ley N° 26702 antes indicada;


Que, mediante Resolución SBS N° 764-2001 se aprobó el Reglamento de requerimientos patrimoniales de las empresas de seguros y reaseguros, así como los formatos de remisión de información correspondientes;


Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Seguros, Riesgos, Asesoría Jurídica, así como por la Gerencia de Estudios Económicos; y,


En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 7, 9 y 13 del artículo 349° de la Ley General;


RESUELVE:


Artículo Primero.- Modificar en el Capítulo V “Anexos y Reportes a los Estados Financieros” del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, los Reportes N° 2 - Anexo A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo” y N° 3 “Patrimonio Efectivo”, conforme al Anexo 1 adjunto a la presente Resolución.


Artículo Segundo.- Modificar el artículo 2° del Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros aprobado por Resolución SBS N° 764-2001 del 15 de octubre del 2001, según se indica a continuación:

Determinación

Artículo 2º.- El patrimonio efectivo, también llamado patrimonio efectivo total, que deben acreditar las empresas se obtiene a partir del patrimonio contable sobre la base de la información contenida en los estados financieros correspondientes, de acuerdo al procedimiento siguiente:

2.1 Se suma el capital pagado, la prima suplementaria de capital, la reserva legal y las reservas facultativas, si las hubiere;

2.2 Se suma la porción computable de la deuda subordinada de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del numeral 1 del artículo 299º y en el artículo 301º de la Ley General y los reglamentos establecidos por esta Superintendencia;

2.3 Se suman las utilidades de ejercicios anteriores y del ejercicio en curso, previa declaración a que se refiere el artículo 187º de la Ley General;

2.4 Se resta el monto de toda inversión realizada en deuda subordinada de empresas de seguros del país o del exterior;

2.5 Se resta el monto de toda inversión en acciones representativas del capital social de las empresas de seguros del país o del exterior;

2.6 Se resta el monto de la plusvalía mercantil o crédito mercantil (goodwill) producto de la reorganización de la empresa, así como de la adquisición de inversiones;

2.7 Se restan las pérdidas de ejercicios anteriores y del ejercicio en curso; y

2.8 Se detrae todo déficit de provisiones producto de valuación de activos.”


Artículo Tercero.- Modificar el Anexo 1 “Patrimonio Efectivo” del Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros aprobado por Resolución SBS N° 764-2001 del 15 de octubre del 2001, según el Anexo 2 adjunto a la presente Resolución.


Artículo Cuarto.- El Reporte N° 2 – Anexo B “Resumen de Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo Crediticio y Requerimientos Patrimoniales por Riesgos de Mercado” así como el Reporte N° 3 “Patrimonio Efectivo” serán remitidos a esta Superintendencia, adicionalmente a la forma impresa, por medio del Submódulo de Captura y Validación Externa (SUCAVE).


Artículo Quinto.- La presente Resolución entra en vigencia a partir de la remisión de la información correspondiente al 31 de diciembre de 2005, a excepción de lo dispuesto en el Artículo Cuarto que entra en vigencia a partir de la remisión de la información correspondiente al mes de enero de 2006.


Regístrese, comuníquese y publíquese.



JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

ANEXO 1


Modifíquese el Capítulo V “Anexos y Reportes a los Estados Financieros” del Manual de Contabilidad, conforme a lo siguiente:


  1. Modificar en el Reporte N° 2 - Anexo A “Activos y Créditos Contingentes Ponderados por Riesgo”, en los activos con ponderación 100% lo siguiente:


8)

Activos Intangibles:

Gastos amortizables

Excepto el goodwill


  1. Incorpórese en la última línea del Reporte Nº 3 “Patrimonio Efectivo”, conforme se detalla a continuación:



CUENTAS DEL

MANUAL DE

CONTABILIDAD

Denominación

MONTO S/.

COMENTARIOS - OBSERVACIONES

:

:

Menos:

(1904.07 – 1904.09.07) +

17 (p)




(Goodwill)








Goodwill producto de la reorganización de la empresa, así como de la adquisición de inversiones. Se deberá considerar el saldo pendiente de amortización.

(Numeral 8 del artículo 185° de la Ley General)


(p) Parte correspondiente de las cuentas del rubro 17 “Inversiones Permanentes” en las que se registre el saldo no amortizado del goodwill producto de la adquisición de inversiones.

ANEXO 2


ANEXO 1


PATRIMONIO EFECTIVO

(ARTÍCULO 299º - LEY Nº 26702)


EMPRESA DE SEGUROS : .................................................................


AL .....DE ............................. DE ...........

CODIGOS CONTABLES

CONCEPTOS

RAMOS GENERALES S/.

RAMOS DE VIDA

S/.

TOTAL CONSOLIDADO

S/.

COMENTARIOS OBSERVACIONES







A. 3001 + 3002 + 3008 +

Capital Pagado





31 +

Capital Adicional





3301 +

Reservas Legales





3302 +

Reservas Facultativas





3303

Acciones liberadas










...

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