Resolucion N° 004-2024-SANIPES/PE. Delegan facultades en diversos funcionarios del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES

Fecha de publicación09 Enero 2024
SecciónSección Única
Aprueban el “Listado de locales educativos beneficiarios del Programa de Mantenimiento para el año 2024”

San Isidro, 8 de enero de 2024


VISTOS:


El Memorando Nº 009-2024-SANIPES/GG de la Gerencia General; el Informe Nº 001-2024-SANIPES/OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº002-2024-SANIPES/OTI de la Oficina de Tecnologías de la Información, los Informes Nº 004 y 008-2024-SANIPES/OA, de la Oficina de Administración y el Informe Nº 007-2024-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y,


CONSIDERANDO:


Que, mediante Ley Nº 30063, modificada por Decreto Legislativo Nº 1402, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar y fiscalizar los servicios de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos e ingredientes de piensos de origen hidrobiológico y con destino a especies hidrobiológicas, en el ámbito nacional, así como aquellos servicios complementarios y vinculados que brinden los agentes públicos o privados relacionados con el sector de la pesca y acuicultura, enmarcados en las medidas y normas sanitarias y fitosanitarias internacionales;


Que, el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad; siendo que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;


Que, el artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que la competencia de las entidades tiene su fuente en la Constitución y en la ley, y es reglamentada por las normas administrativas que de aquéllas se derivan; asimismo, dicho precepto normativo indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;


Que, el literal z) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 053-2021-SANIPES/PE, establece que es función de la Presidencia Ejecutiva, en su calidad de Titular de la Entidad, delegar sus funciones en las unidades de organización de la entidad, excepto aquellas que sean privativas de su función;


Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, dispone que el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8 del citado precepto normativo, dispone que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga;


Que, a través de los documentos de vistos se sustenta la necesidad de aprobar la delegación de facultades para el Ejercicio 2024, con la finalidad de dotar de mayor fluidez a la marcha administrativa del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES);


Que, el literal y) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES, establece como función de la Presidencia Ejecutiva en su calidad de Titular de la Entidad, emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;


Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Tecnologías de la Información, de la Unidad de Recursos Humanos; y,


De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, modificada por Decreto Legislativo Nº 1402, el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, modificada por Decreto Legislativo Nº 1432 y su Reglamento; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225 y modificatorias; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 053-2021-SANIPES/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES);


SE RESUELVE:


Artículo 1.- DELEGAR en el Gerente General, durante el Ejercicio Fiscal 2024, a partir del 09 de enero de 2024, las siguientes facultades:


En materia Presupuestal


a) Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático a que se refiere el numeral 47.2 del Artículo 47 Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático, del Decreto Legislativo Nº 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, previo informe técnico favorable de la Oficina de...

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