DECRETO LEGISLATIVO, N° 1402, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que modifica diversos artículos de la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES)-DECRETO LEGISLATIVO-N° 1402

EmisorDECRETOS LEGISLATIVOS
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2018

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1402

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, mediante Ley N° 30823, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de la gestión del Estado, por el término de sesenta (60) días calendario;

Que, el literal b.6 del inciso b) del numeral 5 del artículo 2 del citado dispositivo legal, establece la facultad de legislar en materia de modernización del estado, teniendo como uno de sus fines el optimizar el proceso de calificación y contratación, así como la delimitación de responsabilidades de las entidades de apoyo encargadas de realizar las acciones de supervisión y fiscalización previstas en la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES);

Que, asimismo el inciso e) del numeral 5 del artículo 2 del mismo cuerpo normativo, establece la facultad de legislar en materia de modernización del estado con el fin de fortalecer el funcionamiento de las entidades del Gobierno Nacional, del gobierno regional o del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, de acuerdo, entre otros, con las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), y sin afectarse la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ni la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ni la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; advirtiendo que tales medidas no incluyen materias relativas a la aprobación de leyes orgánicas, conforme el artículo 104 de la Constitución Política del Perú;

Que, el segundo párrafo del literal g) del numeral 5 del artículo 2, establece la facultad de actualizar el marco normativo y fortalecer la gestión institucional de los Tribunales Administrativos y los órganos colegiados de los organismos públicos con el fin de aligerar la carga procesal o procedimientos a su cargo y mejorar su eficiencia, en el marco del proceso de modernización;

Que, resulta necesario modificar la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), a efectos de fortalecer y precisar las competencias, regulaciones y funciones de la Autoridad Sanitaria Competente en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola; incluidos los aspectos relacionados a la calificación, contratación y delimitación de facultades para las Entidades de Apoyo de SANIPES; con la finalidad de proteger la salud pública;

Que, los artículos 4 y 5 del Decreto Legislativo N° 1290, que fortalece la inocuidad de los alimentos industrializados y productos pesqueros y acuícolas, establecen disposiciones relacionadas a la habilitación sanitaria, registro sanitario y certificación sanitaria o autorización para importación (en el caso solo de productos hidrobiológicos); contenido que debe ser incorporado a la norma de creación del SANIPES, que además de establecer la competencia y estructura del referido organismo público, contiene disposiciones relacionadas al desarrollo de sus funciones como autoridad sanitaria en pesca y acuicultura;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b.6 del inciso b), los incisos e) y g) del numeral 5 del artículo 2 de la Ley N° 30823, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de gestión económica y competitividad, de integridad y lucha contra la corrupción, de prevención y protección de personas en situación de violencia y vulnerabilidad y de modernización de la gestión del Estado y el artículo 104 de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y;

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

Ha...

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