Resolucion Nº 00339-2023-CD/OSIPTEL. Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por VIETTEL PERÚ S.A.C. contra la Resolución N° 300-2023-GG/OSIPTEL

Fecha de publicación23 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Modifican el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros-Año 2023

Lima, 16 de diciembre de 2023


EXPEDIENTE Nº


:


168-2022-GG-DFI/PAS


MATERIA


:


Recurso de Apelación contra la Resolución N° 300-2023-GG/OSIPTEL


ADMINISTRADO


:


VIETTEL PERÚ S.A.C.


VISTO:


(i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa VIETTEL PERÚ S.A.C. (en adelante, VIETTEL) contra la Resolución N° 300-2023-GG/OSIPTEL a través de la cual se le impuso una multa de 350 UIT, por la comisión de la infracción calificada como muy grave tipificada en el numeral 25 del Anexo N° 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y el Servicio de Telefonía Fija1 (en adelante, TUO de las Condiciones de Uso), por el incumplimiento del cuarto párrafo del artículo 20 de la referida norma.


(ii) El Informe Nº 353-OAJ/2023 del 15 de noviembre de 2023 elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,


(iii) El Expediente Nº 168-2022-GG-DFI/PAS.


I. ANTECEDENTES:


1.1. Mediante carta N° 2989-DFI/2022, notificada el 6 de diciembre de 2022, la Dirección de Fiscalización e Instrucción comunicó a VIETTEL el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador por la presunta comisión de la siguiente infracción:


Norma Incumplida


Tipificación


Conducta imputada


Calificación


Artículo 20 del TUO del Reglamento de Portabilidad


Numeral 25 del Anexo 2 del TUO del Reglamento de Portabilidad


No habría cumplido con dar respuesta a las consultas efectuadas por el ABDCP2 en un plazo no mayor de 2 minutos de realizadas, respecto de 74 777 consultas; durante el 1 de julio de 2022 al 30 de setiembre de 2022.


Muy grave


1.2. El 27 de enero de 2023, VIETTEL presentó sus descargos.


1.3. Mediante Resolución N° 300-2023-GG/OSIPTEL, notificada el 28 de agosto de 2023, la Primera Instancia sancionó a VIETTEL con una multa de 350 UIT por el incumplimiento del cuarto párrafo del artículo 20 del TUO del Reglamento de Portabilidad.


1.4. El 19 de setiembre de 2023, VIETTEL interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución N° 300-2023-GG/OSIPTEL.


1.5. El 31 de octubre de 2023, VIETTEL amplió los argumentos de su Recurso de Apelación.


II. VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y PROCEDENCIA


De conformidad con el artículo 27 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones (antes Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones3)4 y los artículos 218 y 220 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, TUO de la LPAG)5, corresponde admitir y dar trámite al Recurso de Apelación interpuesto por VIETTEL, al haberse cumplido los requisitos de admisibilidad y procedencia contenidos en las citadas disposiciones.


III. ANÁLISIS DEL RECURSO DE APELACIÓN


3.1 Respecto a la calificación de la infracción


Sobre el particular, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Norma de Calificación de Infracciones6 establece que el nuevo régimen de calificación de infracciones es aplicable a las posibles infracciones que se configuren a partir de su entrada en vigencia, esto es, desde el 1 de enero de 20227.


Ciertamente, el artículo 3 de la Norma de Calificación de Infracciones prevé, entre otros aspectos, lo siguiente:


Artículo 3.- Calificación de la infracción


El OSIPTEL efectúa la calificación de la infracción, acorde a la escala prevista en el artículo 25 de la Ley Nº 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OSIPTEL, al momento de notificar la imputación de cargos por el órgano competente, en función al nivel de multa estimado en aplicación de la Metodología para el Cálculo de Multas, según el tipo de sanción que corresponda.


(…)”


[Subrayado agregado]


En ese sentido, y conforme a lo señalado por este Consejo Directivo8, “(…) el Régimen de Calificación de Infracciones establece sanciones proporcionales al incumplimiento calificado como infracción -a través del análisis caso por caso- logrando la disuasión de las conductas infractoras, siendo que mediante dicho régimen los...

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