Resolución Nº 0022-2023-MIDAGRI-SG/OGA del Ministerio de Agricultura, 17-02-2023

Número de resolución0022-2023-MIDAGRI-SG/OGA
Fecha17 Febrero 2023
0022-2023-MIDAGRI-SG/OA
00022022GED_NroDoc
Lima, 17 de Febrero de 2023
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archiv ado en el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego,
aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final el D.S. 026-2016-PCM.
Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web:
https://sisgedconsultaexterna.midagri.gob.pe/ ingresando el código KLMN 2OIFHC y el número de documento.
VISTO:
El Informe N° 0064-2023-MIDAGRI-SG/OGA-OA-SSGG del Área de
Servicios Generales, la G.O. Carta N° 0263-11/22 de la empresa PROTSSA, el Informe
N° 004-2023-MIDAGRI-SG/OGTI-DEVL de la Oficina General de Tecnología de la
Información y el Informe Técnico N° 004-2023-MIDAGRI-SG/OGA-OA de la Oficina de
Abastecimiento; y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema
Nacional de Abastecimiento y el Decreto Supremo N° 217-2019-EF, que aprueba el
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439 tiene “como finalidad regular los
mecanismos para asegurar el aprovisionamiento y la gestión de los bienes, servicios y
obras que requieran las Entidades para el cumplimiento de sus metas u objetivos
estratégicos y operativos, a través del empleo eficiente y eficaz de los recursos públicos
asignados;
Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo
establece que, la Dirección General de Abastecimiento -DGA del Ministerio de
Economía y Finanzas, es el ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento SNA,
y ejerce sus atribuciones y su vinculación con los conformantes del Sistema y la
Administración Financiera del Sector Público según las normas que regula;
Que, mediante Decreto Supremo N° 217-2019-EF, se aprueba el
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1439 Decreto Legislativo del Sistema Nacional
de Abastecimiento, el cual en su artículo 5 establece que la Dirección General de
Abastecimiento en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Abastecimiento,
ejerce entre otros, la función de regular la gestión y disposición de los bienes muebles
e inmuebles que se encuentran bajo el ámbito del SNA;
«PREATEGUI»
«VDELACRUZV»
«SVEGA»
Firmado digitalmente por DE LA
CRUZ VARILLAS Victor Manuel
FAU 20131372931 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.02.2023 17:37:50 -05:00
Firmado digitalmente por VEGA
CORDOVA Sandra Mirella FAU
20131372931 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.02.2023 17:40:54 -05:00

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