Resolución Nº 001862-2018-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 06-08-2018

Fecha de publicación27 Agosto 2018
Fecha06 Agosto 2018

Expediente N.º J-2018-00591

SAN JERÓNIMO - CUSCO - CUSCO

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

LICENCIA

Lima, seis de agosto de dos mil dieciocho

VISTO el Oficio N.º 01-2018/CCTL/SG-MDSJ presentado el 26 de julio de 2018 por Carmen Cecilia Tapia Lechuga, secretaria general de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, mediante el cual comunica la licencia, sin goce de haber, concedida a Willian Paño Chinchazo, Víctor Raúl Atayupanqui Huamán y Ronald Romuacca Nina, alcalde y regidores de la mencionada municipalidad, respectivamente.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante el Decreto Supremo N.° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año

  1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N.° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones

  1. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.

  1. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución N.° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018).

  1. Mediante el Oficio N.º 01-2018/CCTL/SG-MDSJ presentado por Carmen Cecilia Tapia Lechuga, secretaria general de la Municipalidad Distrital de San Jerónimo, se informó a este órgano electoral que el Concejo Distrital de San Jerónimo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, otorgó licencia sin goce de haber al alcalde y a dos de sus regidores, conforme al siguiente detalle:

ALCALDE

SOLICITUD

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL

Licencia

Fecha

Fojas

N.°

Fecha

Fojas

Willian Paño Chinchazo

30 días

08.06.2018

10

34-2018/MDSJ-C

13.07.2018

11 y 12

CUADRO N.° 1

REGIDORES

SOLICITUD

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL

Licencia

Fecha

Fojas

N.°

Fecha

Fojas

Víctor Raúl Atayupanqui Huamán

30 días

08.06.2018

2

35-2018/MDSJ-C

13.07.2018

3 a 5

Ronald Romuacca Nina

30 días

19.03.2018

6

36-2018/MDSJ-C

13.07.2018

7 a 9

CUADRO N.° 2

  1. En el presente caso, se aprecia que el alcalde distrital presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.º 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 1 del artículo 24 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar a la segunda regidora Roxana Rojas Porroa, identificada con DNI N.° 23989253, para que asuma por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

La convocatoria al segundo regidor es realizada en virtud de que el primer regidor, Víctor Raúl Atayupanqui Huamán, a través del presente expediente también ha solicitado licencia sin goce de haber por treinta (30) días, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, conforme se ha señalado en el considerando 5 de este pronunciamiento.

  1. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Ruth Garzón Vallenas, identificada con DNI N.° 40251441, candidata no proclamada del partido político Siempre Unidos, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014.

  1. De la revisión de los documentos que obran en autos, se aprecia también que los regidores Víctor Raúl Atayupanqui Huamán y Ronald Romuacca Nina, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal. Por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas...

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