Resolución Nº 000922-2021-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 24-11-2021

Fecha de publicación25 Noviembre 2021
Fecha24 Noviembre 2021

Lima, 24 de noviembre de dos mil veintiuno

VISTO: El Informe N.° 01846-2021-SG/JNE, de fecha 8 de noviembre de 20217, de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, por medio del cual presenta el proyecto de actualización del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución N.° 0306-2020-JNE, de fecha 5 de setiembre de 2020, se aprobó el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, que se aplicó en los procesos electorales realizados desde su entrada en vigencia.

CONSIDERANDOS

  1. Los artículos 142, 177 y 181 de la Constitución Política del Perú reconocen al Jurado Nacional de Elecciones como un organismo supremo en material electoral y, como tal, le confiere la potestad de ejercer sus atribuciones mediante resoluciones irrevisables a través de la jurisdicción ordinaria.

  1. En esa misma línea, los numerales 1 y 3 del artículo 178, de la propia Norma Fundamental, establecen que este Supremo Organismo Electoral es competente para fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, así como para velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral.

  1. Del mismo modo, el artículo 2 de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, LOJNE), el fin supremo de este órgano colegiado es velar por el respeto y cumplimiento de la voluntad popular manifestada en los procesos electorales. Precisamente, por ello, el artículo 5, literal l, de la LOJNE, reconoce su competencia para dictar las resoluciones y la reglamentación necesarias para su funcionamiento.

  1. Por su parte, el artículo 181 y siguientes del Título VIII de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece condiciones y prohibiciones, a partir de la convocatoria a elecciones, para la propaganda electoral y la publicidad del Estado; asimismo, en sus artículos 346, 347 y 361, señala las limitaciones para los funcionarios públicos que postulan a cargos de elección popular y para las autoridades que postulen a una reelección.

  1. Así pues, con el fin de velar no solo por la legalidad de la realización de los procesos electorales, sino, esencialmente, por su constitucionalidad, como actividad propia de un Estado Constitucional de Derecho, resulta necesario actualizar la reglamentación de las disposiciones destinadas al control, fiscalización y sanción en materia de propaganda electoral, publicidad estatal, así como la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral, en tiempo oportuno y de forma adecuada, que garanticen comicios electorales justos, transparentes y en el que cautele el derecho al debido proceso.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

  1. APROBAR el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, que consta de 50 artículos, 1 disposición final, 3 disposiciones transitorias y 2 anexos, los cuales forman parte de la presente resolución.

  1. DEJAR SIN EFECTO la Resolución N.° 0306-2020-JNE, de fecha 5 de setiembre de 2020.

  1. DISPONER la publicación de la presente resolución, y el reglamento que aprueba, en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

SALAS ARENAS

RODRÍGUEZ MONTEZA

SANJINEZ SALAZAR

SÁNCHEZ VILLANUEVA

Sánchez Corrales

Secretario General (e)

tahd/cabh


ÍNDICE

REGLAMENTO SOBRE PROPAGANDA ELECTORAL, PUBLICIDAD ESTATAL Y NEUTRALIDAD EN PERIODO ELECTORAL

TÍTULO I

GENERALIDADES

CAPÍTULO I

MARCO NORMATIVO

Artículo 1.- Objeto

Artículo 2.- Alcance

Artículo 3.- Base normativa

CAPÍTULO II

ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

Artículo 4.- Abreviaturas

Artículo 5.- Definiciones

TÍTULO II

PROPAGANDA ELECTORAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE PROPAGANDA ELECTORAL

Artículo 6.- Actividades de propaganda electoral permitida

Artículo 7.- Infracciones sobre propaganda electoral

Artículo 8.- Competencias de los gobiernos locales en materia de propaganda electoral

Artículo 9.- Competencia de los Jurados Electorales Especiales en materia de propaganda electoral

CAPÍTULO II

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SOBRE PROPAGANDA ELECTORAL

Artículo 10.- Inicio del procedimiento

Artículo 11.- Legitimidad para obrar activa

Artículo 12.- Legitimidad para obrar pasiva

Artículo 13.- De la admisibilidad

Artículo 14.- Determinación de la infracción

Artículo 15.- Determinación de la sanción

TÍTULO III

PUBLICIDAD ESTATAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE PUBLICIDAD ESTATAL

Artículo 16.- Prohibición general de difusión de publicidad estatal en periodo electoral y sus excepciones

Artículo 17.- Comunicaciones no consideradas publicidad estatal

Artículo 18.- Condiciones para la difusión de publicidad estatal

Artículo 19.- Publicidad estatal preexistente

Artículo 20.- Infracciones sobre publicidad estatal

Artículo 21.- Competencia de los Jurados Electorales Especiales en materia de publicidad estatal

Artículo 22.- Consideraciones en la presentación de reporte posterior o autorización previa

CAPÍTULO II

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PREVIA Y REPORTE POSTERIOR DE PUBLICIDAD ESTATAL

Artículo 23.- Procedimiento de autorización previa para publicidad estatal por radio o televisión

Artículo 24.- Procedimiento de reporte posterior

Artículo 25.- Plazo para el cumplimiento de la medida correctiva

Artículo 26.- Recurso de apelación

CAPÍTULO III

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SOBRE PUBLICIDAD ESTATAL

Artículo 27.- Inicio del procedimiento

Artículo 28.- Legitimidad para obrar pasiva

Artículo 29.- De la admisibilidad

Artículo 30.- Determinación de la infracción

Artículo 31.- Determinación de la sanción

TÍTULO IV

NEUTRALIDAD

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE NEUTRALIDAD

Artículo 32.- Infracciones sobre neutralidad

Artículo 33.- Condiciones para la configuración de las infracciones en materia de neutralidad

Artículo 34.- Tratamiento de las infracciones cometidas por autoridades públicas, funcionarios o servidores públicos que no son candidatos a cargos de elección

Artículo 35.- Competencia de los Jurados Electorales Especiales en materia de neutralidad

CAPÍTULO II

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR SOBRE NEUTRALIDAD

Artículo 36.- Inicio del procedimiento

Artículo 37.- Legitimidad para obrar activa

Artículo 38.- Legitimidad para obrar pasiva

Artículo 39.- De la admisibilidad

Artículo 40.- Determinación de la primera infracción

Artículo 41.- Determinación de la segunda infracción e imposición de la sanción

TÍTULO V

SANCIONES APLICABLES

CAPÍTULO I

SANCIONES DE AMONESTACIÓN PÚBLICA Y MULTA

Artículo 42.- Sanción de amonestación pública

Artículo 43.- Imposición de la sanción de multa

Artículo 44.- Criterios para la graduación de la multa

Artículo 45.- Ejecución de la sanción de multa

Artículo 46.- Concurrencia de sanciones

TÍTULO VI

RECURSO DE APELACIÓN Y NOTIFICACIONES

CAPÍTULO I

RECURSO DE APELACIÓN

Artículo 47.- Recurso de apelación

Artículo 48.- Calificación del recurso de apelación

Artículo 49.- Trámite del recurso de apelación

CAPÍTULO II

NOTIFICACIONES

Artículo 50.- Notificación de pronunciamientos

DISPOSICIÓN FINAL

Única

DISPOSICIONES...

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