Resolución Nº 0009-2023-SUNEDU-03-10 de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 20-06-2023
Fecha | 20 Junio 2023 |
Número de resolución | 0009-2023-SUNEDU-03-10 |
Emisor | Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria |
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0009-2023-SUNEDU-03-10
Lima, 20 de junio de 2023
VISTOS:
La solicitud de subsidio por fallecimiento (RTD N° 025016-2023-SUNEDU-TD),
presentada por la señora ROSA PILAR MOLERO CUBA DE MORETTI; el Informe N° 027-2023-
SUNEDU-03-10-JNCQ; el Informe N° 005-2023-SUNEDU-03-10-RMKG y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad
que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, es un ente
autónomo de naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal,
responsable de autorizar la prestación del servicio educativo superior universitario,
supervisar y fiscalizar la calidad de dicho servicio y si los recursos públicos y los beneficios
otorgados por el marco legal a las universidades han sido destinados a fines educativos y al
mejoramiento de la calidad. Asimismo, administra el Registro Nacional de Grados y Títulos
para contribuir a una educación superior de calidad;
Que, asimismo, a través de la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de
la L ey N° 30220, Ley Universitaria, se dispuso que la Sunedu asuma la administración y pago
de las pensiones de los/as pensionistas de la extinta Asamblea Nacional de Rectores
pertenecientes al régimen pensionario regulado por el Decreto Ley N° 20530;
Que, por su parte, en el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de
la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado mediante
Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU (en adelante, el ROF), señala que la Oficina de
Recursos Humanos es el órgano de apoyo, encargado de conducir, ejecutar y supervisar la
gestión de recursos humanos en la Sunedu;
Que, a través de la solicitud signada con el RTD N° 025016-2023-SUNEDU-TD, la
señora ROSA PILAR MOLERO CUBA DE MORETTI (en adelante, la peticionante), solicitó el
pago por concepto de subsidio por fallecimiento, en su condición de cónyuge del ex
pensionista, señor JUAN VICENTE MORETTI VIDAL, quien falleciera el 17 de diciembre de
2022; acreditando su petición con el Acta de Defunción emitida por el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil – RENIEC, documento nacional de identidad y Acta de
Matrimonio, con la cual se acredita su entroncamiento familiar directo;
Que, el pago del concepto de subsidio por fallecimiento se encuentra sustentado en
los artículos 144 y 149 del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de
Bases de la Carrera Administrativa del Decreto Legislativo N° 276, el cual señala:
Firmado Digitalmente por:
KUZMA GALLARDO Rodolfo
Martin FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 20/06/2023 15:34:30
Firmado Digitalmente por:
CIPRA QUISPE Jennyfer
Nataly FAU 20600044975 soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 20/06/2023 15:50:52
Firmado Digitalmente por:
SILVA BALBUENA Ada Giovanna
FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 20/06/2023 16:49:53
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