Resolución Nº 000779-2021-JNE de Jurado Nacional de Elecciones, 09-08-2021

Fecha09 Agosto 2021
Fecha de publicación11 Agosto 2021
Expediente J-2009-131

Lima, nueve de agosto de dos mil veintiuno

VISTOS: el Oficio N.° 000298-2021-P-CSJLI-PJ, del presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante el cual comunica la elección en Sala Plena de los jueces superiores designados como presidente titular y suplente; el Oficio N.° 004912-2021-MP-FN-PJFSLIMA, de la presidenta (e) de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, con el cual comunica la elección de los fiscales superiores designados como segundo miembro titular y suplente; y el Acta de Audiencia Pública Virtual, del 3 de agosto de 2021, sobre la realización del sorteo para designación del tercer miembro, correspondientes al Jurado Electoral Especial de Lima, en el marco de los procesos de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021 y Elecciones Municipales Complementarias en el Distrito de Chipao.

PRIMERO. ANTECEDENTES

Convocatoria al proceso de Elecciones Municipales Complementarias en el Distrito de Chipao

1.1. Mediante Decreto Supremo N.° 171-2019-PCM, modificado por el Decreto Supremo N.° 082-2021-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 23 de abril de 2021, se convocó para el domingo 10 de octubre de 2021 a Elecciones Municipales Complementarias de alcalde y regidores en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, cuyo acto electoral estuvo previsto, inicialmente, para el 29 de marzo de 2020, y no pudo llevarse a cabo por la emergencia sanitaria.

Convocatoria al proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021

1.2. Con la Resolución N.° 0737-2021-JNE, del 12 de julio de 2021, se convocó a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021 para el domingo 10 de octubre de 2021, en las siguientes circunscripciones:

N.°

DISTRITO

PROVINCIA

DEPARTAMENTO

1

PILLPINTO

PARURO

CUSCO

2

SAMA

TACNA

TACNA

3

SAN BUENAVENTURA

MARAÑÓN

HUÁNUCO

4

TAURIPAMPA

YAUYOS

LIMA

5

ÑAHUIMPUQUIO

TAYACAJA

HUANCAVELICA

6

LANGA

HUAROCHIRÍ

LIMA

7

CHAVÍN

CHINCHA

ICA

8

COTABAMBAS

COTABAMBAS

APURÍMAC

9

JUSTO APU SAHUARAURA

AYMARAES

APURÍMAC

10

CUTURAPI

YUNGUYO

PUNO

11

LOBITOS

TALARA

PIURA

12

LA LIBERTAD

HUARAZ

ÁNCASH

13

HUAYUCACHI

HUANCAYO

JUNÍN

Administración de justicia electoral

1.3. Mediante Resolución N.° 0730-2021-JNE, del 7 de julio de 2021, el Jurado Nacional de Elecciones estableció la creación del Jurado Electoral Especial de Lima (JEE), como único órgano colegiado con competencia para impartir justicia electoral en primera instancia en los procesos de Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, y Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021. Asimismo, con la referida resolución se dispuso que el JEE se instalará el 12 de agosto de 2021 y tendrá su sede en el distrito de Lima, provincia y departamento de Lima.

CONSIDERANDOS

Conformación de los Jurados Electorales Especiales

1.1. Los Jurados Electorales Especiales son órganos temporales creados específicamente para cada proceso electoral, encargados de impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y en los artículos 32 y 36 de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE).

1.2. Estos órganos de justicia electoral, tal como lo dispone el artículo 33 de la LOJNE, están constituidos por tres miembros: el primer miembro, quien preside el JEE, deberá ser un juez superior proveniente de la Corte Superior de Justicia en la que se encuentra la sede del JEE; el segundo miembro deberá ser designado por el Ministerio Público del correspondiente distrito fiscal, elegido entre los fiscales superiores en actividad o jubilados; y el tercer miembro será un ciudadano con residencia en el distrito sede del JEE, designado a través de un procedimiento de selección aleatoria llevado a cabo por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y posterior sorteo en acto público, realizado por el Jurado Nacional de Elecciones.

Designación del presidente del JEE

1.3. En cumplimiento de lo ordenado por el literal a del artículo 33 de la LOJNE, este organismo electoral cursó oficio a la Corte Superior de Justicia de Lima solicitando que designen, mediante elección en Sala Plena, a los jueces superiores en ejercicio que ejercerán el cargo de presidente, titular y suplente, del JEE de los procesos de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2021 y Elecciones Municipales Complementarias en el Distrito de Chipao.

En ese sentido, la Corte Superior de Justicia, con el Oficio N.° 000298-2021-P-CSJLI-PJ, ha comunicado la designación de los jueces superiores Víctor Andrés Lazarte Fernández y Ciro Lusman Fuentes Lobato, como titular y suplente, respectivamente.

Designación del segundo miembro del JEE

1.4. Asimismo, se solicitó a la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima la designación de los fiscales superiores que asumirán el cargo de segundo miembro, titulares y suplentes, mediante elección entre sus fiscales superiores en actividad y jubilados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33, literal b, de la LOJNE.

En respuesta, la Junta de Fiscales Superiores, con el Oficio N.° 004912-2021-MP-FN-PJFSLIMA, ha comunicado la elección de las fiscales superiores María Beatriz Cabello Arce y Clara Mercedes Cahua Gutiérrez, como titular y suplente, respectivamente.

Designación del tercer miembro del JEE

1.5. Con relación a la designación del ciudadano integrante del JEE, en aplicación del literal c del artículo 33 de la LOJNE, el Reniec, en acto público del 19 de julio de 2021, seleccionó aleatoriamente a los veinticinco (25) ciudadanos candidatos para conformar el citado JEE con sede en el distrito de Lima.

1.6. La lista de los nombres de los ciudadanos seleccionados fue publicada el 22 de julio de 2021, en el diario oficial El Peruano, a efectos de la presentación de tachas, las cuales son resueltas por la Comisión de Fiscales más antiguos del distrito fiscal de Lima.

1.7. El periodo de tachas inició el 23 de julio de 2021 y venció el 27 de julio de 2021. Así, transcurrido el plazo indicado, la Comisión de Fiscales del Distrito Fiscal de Lima informó que no se interpuso ninguna tacha, por lo que los ciudadanos seleccionados quedaron expeditos para participar en el sorteo de designación.

1.8. Cabe precisar que, mediante Acuerdo del Pleno, del 2 de agosto de 2021, se excluyó del procedimiento de designación a una de las personas seleccionadas, la ciudadana Violeta Rocío León Pérez, debido a que registra afiliación política y, por tanto, se encuentra impedida de ejercer el cargo de miembro de un JEE, según lo previsto en el literal c del artículo 12, en concordancia con el artículo 35 de la LOJNE.

1.9. En ese sentido, por sorteo, en audiencia pública virtual,...

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