Resolucion N° 000018-2023-DP/SG. Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios y servidores durante el Año Fiscal 2023

Fecha de publicación13 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 10 de febrero de 2023

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Despacho Presidencial es responsable de la asistencia técnica y administrativa a la Presidencia de la República, para el cumplimiento de sus competencias y funciones;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, así como el organigrama del mismo; modificado por Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM;

Que, el artículo 12 del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Secretaría General es la máxima autoridad ejecutiva, titular del Pliego, es el órgano de la Alta Dirección responsable de brindar asistencia técnica y administrativa al Presidente y a los/las Vicepresidentes/as de la Republica. Está a cargo de un Secretario General, el cual tiene por función, entre otras, delegar facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, de conformidad con lo prescrito en el literal n) del artículo 13 del Reglamento acotado;

Que, de conformidad con el artículo 78, numeral 78.1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en
delegación;

Que, en virtud de dicha prerrogativa, mediante Resolución de Secretaría General Nº 045-2019-DP/SG, de fecha 10 de octubre de 2019, se delegaron a la Subsecretaría General, a la Casa Militar, a la Oficina General de Administración y a la Oficina de Recursos Humanos, diversas facultades y atribuciones;

Que, mediante Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01 del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que el Cuadro Multianual de Necesidades y sus modificaciones son aprobadas por el titular de la entidad o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad;

Que, es necesario unificar, modificar e incorporar diversas delegaciones de facultades en materia de inversión pública y administrativa, en diversos órganos y unidades orgánicas de la entidad, con el propósito de dar celeridad a la gestión administrativa;

Con los vistos de la Subsecretaría General, la Casa Militar, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Oficina General de Administración, la Oficina de Recursos Humanos; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modificado por el Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación en el/la Subsecretarío/a General

Deléguese en el/la Subsecretarío/a General las siguientes facultades y atribuciones:

1.1 En materia de Gestión Administrativa:

a) Suscribir los requerimientos y/o solicitudes de bienes, servicios, viáticos, pasajes en los casos en los cuales el área usuaria sea el Despacho de la Secretaría General; así como firmar las autorizaciones y/o conformidades generadas como consecuencia de los requerimientos y/o solicitudes en mención.

b) Suscribir y supervisar, en representación del Despacho Presidencial, convenios marco y específicos, nacionales e internacionales de asistencia, Cooperación mutua y Colaboración interinstitucional, así como las adendas respectivas y suscribir toda la documentación que permita su ejecución, en el ámbito de sus competencias y en el marco de la normatividad vigente.

c) Representar al Despacho Presidencial ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas, en las que se requiera iniciar, y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra defectos de tramitación, rectificación de errores, entre otras pretensiones administrativas.

d) Designar a los responsables titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora: Despacho Presidencial (001061).

e) Aprobar, modificar o derogar directivas, manuales de procedimientos, y todo tipo de disposiciones internas vinculadas a la conducción de la institución; excepto en aquellas materias específicas delegadas a otros órganos.

f) Suscribir, los términos de referencia, contratos, adendas, prórrogas, renovaciones, conformidades de servicios, y en general, todo lo que dispuesto en el Decreto Ley Nº 25650 y sus modificatorias; así como en Directiva Nº 004-2021-EF-43.01, denominada “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 118-2021-EF-43, en los procesos para la contratación de consultores, a través del Fondo de Apoyo Gerencial – FAG.

g) Aprobar y autorizar, las acciones correspondientes para la implementación de la Gestión de la Continuidad Operativa, de conformidad con los “Lineamientos para la Gestión de la Continuidad Operativa de las entidades públicas en los tres niveles de gobierno”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 028-2015-PCM.

h) Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales.

1.2 En...

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