RESOLUCION MINISTERIAL Nº 821-2015-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU., Ecuador y Colombia

Fecha de publicación12 Septiembre 2015
Fecha de disposición12 Septiembre 2015
561255
NORMAS LEGALES
Sábado 12 de setiembre de 2015
El Peruano
/
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, la señora De Reparaz
Zamora presentará a la Ministra de Comercio Exterior
y Turismo un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los resultados obtenidos en la reunión a la
que asistirá.
Artículo 4°.- Encargar al señor Edgar Manuel Vásquez
Vela, Viceministro de Comercio Exterior, las funciones del
Despacho Viceministerial de Turismo, a partir del 12 de
setiembre de 2015 y en tanto dure la ausencia de la titular.
Artículo 5°.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1286409-1
DEFENSA
Aprueban Directiva General “Normas para
el Desarrollo de los Procesos de Ascensos
(Promoción 2016) y Pases a la Situación
Militar de Retiro por la Causal de Renovación
(Año 2015), para el Personal de Oficiales de
las Fuerzas Armadas”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 817-2015-DE/SG
Lima, 9 de setiembre de 2015
VISTO:
El Informe Técnico Nº 021-DGRRHH/DPM de agosto
de 2015, emitido por el Director General de Recursos
Humanos del Ministerio de Defensa.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5º numeral 3) del Decreto
Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Defensa, establece como una de
las funciones rectoras de este Ministerio, el dictar
y normar lineamientos técnicos para la adecuada
ejecución y supervisión de la Política de Seguridad y
Defensa Nacional, así como para la gestión eficiente
de los recursos del Sector Defensa;
Que, el artículo 2º de la Ley Nº 29108 – Ley de
Ascensos de los Of‌i ciales de las Fuerzas Armadas,
señala que los procesos de ascenso tienen por f‌i nalidad
garantizar una línea de carrera profesional, sustentada en
un sistema de evaluación, selección y promoción de los
of‌i ciales al grado militar inmediato superior; desarrollado
en estricta observancia del ordenamiento constitucional y
legal vigente;
Que, por su parte, el artículo 47º literal A) 1 de la
Ley Nº 28359 – Ley de situación militar de los oficiales
de las Fuerzas Armadas, precisa que el proceso de
Renovación de oficiales se ejecuta anualmente,
después de producido el proceso de ascenso
correspondiente;
Que, asimismo, la Ley Nº 28359 - Ley de situación
militar de los of‌i ciales de las Fuerzas Armadas, modif‌i cado
por el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1143, en
su artículo 46º establece el incremento del tiempo
de servicios del personal militar de 38 a 40 años; y, el
2013, modif‌i có -entre otros aspectos- los Anexos 01, 02 y
03 del Reglamento de la Ley de situación militar de los
of‌i ciales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto
Supremo Nº 007-2005-DE/SG, en lo concerniente al
período de transitoriedad que se debe considerar para
el ascenso de los Of‌i ciales de Armas y Servicios de las
Fuerzas Armadas, el mismo que no excederá del proceso
de ascensos año 2018 (Promoción 2019) ;
Que, la Dirección General de Recursos Humanos
del Despacho Viceministerial de Recursos para
la Defensa, ha formulado el proyecto de Directiva
General titulado: “Normas para el desarrollo de los
procesos de Ascensos (Promoción 2016) y pases a la
situación militar de retiro por la causal de Renovación
(Año 2015), para el personal de Oficiales de las
Fuerzas Armadas;
Que, en ese contexto, resulta necesario aprobar el
proyecto de la Directiva General antes indicada, con el
objeto de establecer los lineamientos generales para el
desarrollo de los procesos de Ascensos (Promoción 2016)
y pases a la situación militar de retiro por la causal de
Renovación (Año 2015), así como uniformizar criterios y
estandarizar los procedimientos respectivos a nivel de las
tres Instituciones Armadas;
Estando a lo propuesto; y,
De conformidad con el numeral 37) del artículo 10º
del Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el
literal r) del artículo 8º del Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-
DE.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva General (DG) Nº
006-2015-MINDEF/ VRD/A/01/b, “NORMAS PARA EL
DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE ASCENSOS
(PROMOCIÓN 2016) Y PASES A LA SITUACIÓN MILITAR
DE RETIRO POR LA CAUSAL DE RENOVACIÓN (AÑO
2015), PARA EL PERSONAL DE OFICIALES DE LAS
FUERZAS ARMADAS”, que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2.- La Directiva General aprobada en el
artículo anterior, será de cumplimiento obligatorio para las
Instituciones Armadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1286415-1
Autorizan ingreso al territorio de la
República de personal militar de EE.UU.,
Ecuador y Colombia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 821-2015-DE/SG
Lima, 11 de setiembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nº 587 del 24 de agosto
de 2015, la Encargada de la Dirección de Seguridad y
Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita
se expida la autorización para el ingreso de personal
militar de los Estados Unidos de América, sin armas de
guerra;
Que, con Oficio Nº G.500- 4042, del 09 de setiembre
de 2015, el Secretario del Comandante General de la
Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país
del personal militar de los Estados Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio
de la República, del 14 al 21 de setiembre de 2015, con
la f‌i nalidad de participar en la ceremonia conmemorativa
y actividades académicas con ocasión del 85º aniversario
de la Escuela Superior de Guerra Naval de la Marina de
Guerra del Perú;
Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la República1,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a

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