RESOLUCION MINISTERIAL Nº 718-2015-DE/SG - Autorizan ingreso de personal militar de EE.UU. al territorio de la República

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2015
559132 NORMAS LEGALES Jueves 13 de agosto de 2015 /
El Peruano
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el
Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
1273395-3
DEFENSA
Autorizan ingreso de personal militar de
EE.UU. al territorio de la República
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 718-2015-DE/SG
Lima, 12 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nº 520 del 22 de julio de
2015, la Encargada de la Dirección de Seguridad y
Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita
se expida la autorización para el ingreso de personal
militar de los Estados Unidos de América, sin armas de
guerra;
Que, con Of‌i cio Nº 3155 CCFFAA/SG/CIOEC, del 5
de agosto de 2015, el Secretario General del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable
para el ingreso al país del personal militar de los Estados
Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a
territorio de la República del 13 de agosto al 5 de
diciembre de 2015, con la finalidad que se reúnan
con los miembros del Comando de Inteligencia y
Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas
Amadas del Perú;
Que, el artículo 5 de la Ley N° 278561, Ley de
Requisitos para la Autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República, establece que el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento
de futuros ejercicios militares, de instrucción o
entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa
mediante Resolución Ministerial, con conocimiento
del Presidente del Consejo de Ministros, quien da
cuenta al Congreso de la República por escrito en un
plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de
la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los
motivos, la cantidad de personal militar, la relación de
equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el
territorio peruano. En los casos en que corresponda se
solicitará la opinión previa del Ministerio de Relaciones
Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Secretaría General
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de
conformidad con la Ley Nº 27856, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de
los Estados Unidos de América, del 13 de agosto al 05 de
diciembre de 2015, con la f‌i nalidad que participen en una
reunión con los miembros del Comando de Inteligencia
y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas
Armadas del Perú.
Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se
contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modif‌i cada por
Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1 Modif‌i cada por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de
1273413-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 719-2015-DE/SG
Lima, 12 de agosto de 2015
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) Nº 521 del 22 de julio de
2015, la Encargada de la Dirección de Seguridad y
Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita
se expida la autorización para el ingreso de personal
militar de los Estados Unidos de América, sin armas de
guerra;
Que, con Of‌i cio Nº 3156 CCFFAA/SG/CIOEC, del 5
de agosto de 2015, el Secretario General del Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable
para el ingreso al país del personal militar de los Estados
Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a
territorio de la República del 15 de agosto al 16 de
diciembre de 2015, con la finalidad que se reúnan
con los miembros del Comando de Inteligencia y
Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas
Amadas del Perú;
Que, el artículo 5 de la Ley N° 278561, Ley de
Requisitos para la Autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República, establece que el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento
de futuros ejercicios militares, de instrucción o
entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa
mediante Resolución Ministerial, con conocimiento
del Presidente del Consejo de Ministros, quien da
cuenta al Congreso de la República por escrito en un
plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de
la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los
motivos, la cantidad de personal militar, la relación de
equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el
territorio peruano. En los casos en que corresponda se
solicitará la opinión previa del Ministerio de Relaciones
Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Secretaría General
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de
conformidad con la Ley Nº 27856, y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de
los Estados Unidos de América, del 15 de agosto al 16 de
diciembre de 2015, con la f‌i nalidad que participen en una
reunión con los miembros del Comando de Inteligencia
y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas
Armadas del Perú.
Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
1 Modif‌i cada por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único
NL20150813.pdf 10 8/13/2015 8:23:01 AM

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