Resolucion Ministerial N° 701-2022-MTC/01. Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento Nacional de Vehículos, el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte y su exposición de motivos

Fecha de publicación17 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 15 de agosto de 2022

VISTOS: Los Memorandos Nos. 1136 y 1182-2022-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y, los Informes Nos. 1154 y 1200-2022-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es competente de manera exclusiva; entre otras, en la materia de servicios de transportes de alcance nacional e internacional, asimismo, es competente de manera compartida con los gobiernos regionales y gobiernos locales, conforme a sus leyes orgánicas y las leyes sectoriales, en la materia de servicios de transporte de alcance regional y local, entre otras;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cumple con las funciones rectoras de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, fiscalizar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas y la gestión de los recursos del sector;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y modificatorias (en adelante LGTT), establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;

Que, el literal a) del artículo 16 de la LGTT, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, siendo competente para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la LGTT, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificatorias (en adelante, RNV), establece los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre, los que se orientan a la protección y la...

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