RESOLUCION MINISTERIAL N° 430-2014-PRODUCE - Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio del proyecto de Decreto Supremo que crea el 'Registro Único de Embarcaciones Pesqueras que realizan Actividades Pesqueras en la Zona de la Alta Mar' y su exposición de motivos

Fecha de disposición12 Diciembre 2014
Fecha de publicación12 Diciembre 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 12 de diciembre de 2014
539714
al señor Víctor Alfredo Alfaro Herrera, Director General de la
Dirección General de Población y Desarrollo, y a la señora
María del Carmen Santiago Bailetti, Directora General (e)
de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes,
como representantes titular y alterno, respectivamente, del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP
ante la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria
y Nutricional, creada por Decreto Supremo Nº 102-2012-
PCM;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 176-2014-
MIMP, publicada el 4 de Junio de 2014, se designa a
la nueva Directora General de la Dirección General
de Población y Desarrollo del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables – MIMP;
Que, en consecuencia, es necesario designar nuevos
representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP ante la Comisión Multisectorial de
Seguridad Alimentaria y Nutricional;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158
– Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos;
el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 003-2012-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los
representantes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP, ante la Comisión Multisectorial de
Seguridad Alimentaria y Nutricional, efectuada mediante
Resolución Ministerial Nº 305-2012-MIMP de fecha 5 de
noviembre de 2012.
Artículo 2.- Designar al Director/a General de la
Dirección General de Población y Desarrollo y al Director/
a General de la Dirección General de Niñas, Niños y
Adolescentes, como representantes titular y alterno,
respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP ante la Comisión Multisectorial de
Seguridad Alimentaria y Nutricional, creada mediante
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial a la Presidencia de la Comisión Multisectorial
de Seguridad Alimentaria y Nutricional, para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1176625-1
Designan representante del Ministerio
ante la Comisión Intersectorial de
Empleo - CIE, creada mediante D.S. Nº
012-2003-TR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 420-2014-MIMP
Lima, 11 de diciembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo ʋ 012-2003-TR,
se creó la Comisión Intersectorial de Empleo – CIE como
una Comisión Permanente de Coordinación del Estado,
encargada de formular, proponer y recomendar propuestas
que coadyuven a armonizar las políticas sectoriales en
materia de promoción del empleo que ejecuta y desarrolla
el Estado, así como de articular los diferentes programas
públicos y proyectos de inversión, con énfasis en el fomento
del empleo productivo y actividades económicas sostenibles;
Que, conforme al artículo 3 del referido Decreto
Supremo, la Comisión Intersectorial de Empleo se
encuentra conformada, entre otros, por un representante
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (actualmente
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables) con rango
de Viceministro, Secretario General o Jefe de Gabinete de
Asesores;
Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 482-2009-
MIMDES de fecha 20 de noviembre de 2009, se designó
a la Viceministra de la Mujer como representante del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ante la Comisión
Intersectorial de Empleo – CIE;
Que, mediante Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP
se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables,
estableciéndose en su artículo 6 su estructura orgánica
y las funciones específ‌i cas de sus órganos y unidades
orgánicas;
Que, en consecuencia y en atención a la nueva
estructura orgánica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables contenida en su Reglamento de Organización
y Funciones, resulta pertinente designar al nuevo
representante del MIMP ante la Comisión Intersectorial de
Empleo – CIE;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo ʋ 003-2012-MIMP y el Decreto Supremo ʋ
012-2003-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
ʋ 482-2009-MIMDES del 20 de noviembre de 2009.
Artículo 2.- Designar a la Viceministra de la Mujer como
representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP ante la Comisión Intersectorial de
Empleo – CIE, creada mediante Decreto Supremo ʋ 012-
2003-TR.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a
la Comisión Intersectorial de Empleo – CIE, para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1176625-2
PRODUCE
Disponen la publicación en el portal
institucional del Ministerio del
proyecto de Decreto Supremo que crea
el “Registro Único de Embarcaciones
Pesqueras que realizan Actividades
Pesqueras en la Zona de la Alta Mar” y
su exposición de motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 430-2014-PRODUCE
Lima, 11 de diciembre de 2014
VISTOS: El Informe N° 312-2014-PRODUCE/DGP-
Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo
Pesquero y el Informe Nº 097-2014-PRODUCE/OGAJ-
cfva de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley General de Pesca – Decreto
Ley N° 25977, establece que los recursos hidrobiológicos
contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son
patrimonio de la Nación y que corresponde al Estado regular
su manejo integral y explotación racional, considerando
que la actividad pesquera es de interés nacional;
Que, la citada Ley en el artículo 7 establece que
las normas adoptadas por el Estado para asegurar la
conservación y racional explotación de los recursos
hidrobiológicos en aguas jurisdiccionales podrán aplicarse
más allá de las 200 millas marinas, a aquellos recursos
multizonales que migran hacia aguas adyacentes o
que proceden de éstas hacia el litoral por su asociación
alimentaria con otros recursos marinos o por corresponder

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