RESOLUCION MINISTERIAL N° 422-2015 MTC/01.02 - Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición20 de Julio de 2015
557776 NORMAS LEGALES Lunes 20 de julio de 2015 /
El Peruano
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC)
Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10
Cuadro Resumen de Viajes
RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL
- COMPRENDIDOS LOS DÍAS 05 Y 06 DE AGOSTO DE 2015 Y SUSTENTADO
EN LOS INFORMES Nº 365-2015-MTC/12.04 Y Nº 347 -2015-MTC/12.04
ORDEN DE
INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS
(US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE
ACOTACIÓN Nºs
2069-2015-
MTC/12.04 05-ago 06-ago US$ 440.00 TRANS
AMERICAN
AIRLINES
S.A.
Pinedo Bastos,
José Roger Miami Estados
Unidos de
América
Chequeo técnico Inicial en la
ruta Lima – Miami – Lima, en
el equipo A-330, a su personal
aeronáutico
10400-10401
1264934-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 422-2015 MTC/01.02
Lima, 16 de julio de 2015
VISTOS:
La solicitud de la empresa LAN PERÚ S.A. con
registro P/D N° 103513 del 15 de junio de 2015, y los
Informes N° 358-2015-MTC/12.04, de la Dirección
General de Aeronáutica Civil y N° 389-2015-MTC/12.04,
de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, en el numeral
10.1 del artículo 10°, establece que quedan prohibidos
los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a
recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes
que realicen los inspectores de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones para las acciones de inspección
y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los
cuales se autorizan mediante resolución del titular de
la entidad;
Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida
por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como
dependencia especializada del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia
es responsable de la vigilancia de la seguridad de las
operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad
de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los
explotadores aéreos así como el material aeronáutico que
emplean;
Que, la empresa LAN PERÚ S.A., ha presentado
ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para
la evaluación de su personal aeronáutico, acompañando
los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 05
correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica
Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N°
008-2002-MTC y sus modi catorias;
Que, asimismo, la empresa LAN PERÚ S.A., ha
cumplido con el pago del derecho de tramitación
correspondiente al Procedimiento a que se re ere el
considerando anterior, ante la O cina de Finanzas de
la O cina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del
viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la
empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los
viáticos;
Que, la solicitud presentada por la empresa LAN
PERÚ S.A., ha sido calificada y aprobada por la
Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección
General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, según se desprende
del Informe N° 389-2015-MTC/12.04, al que se anexa
la respectiva Orden de Inspección, así como, por la
citada Dirección General, según el Informe N° 358-
2015-MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de
lo señalado en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27261,
la Ley N° 27619, la Ley N° 30281, el Decreto Supremo N°
047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Simón
Samolski Edery, Inspector de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, que se efectuará los días 23 al 25
de julio de 2015 a la ciudad de Miami, Estados Unidos
de América, de acuerdo con el detalle consignado en
el anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje
autorizado precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por la empresa LAN PERÚ S.A., a través de
los Recibos de Acotación que se detallan en el Anexo
que forma parte integrante de la presente Resolución,
abonados a la O cina de Finanzas de la O cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto
de viáticos.
Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1° de
la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince
(15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,
deberá presentar un informe al Despacho Ministerial,
con copia a la O cina General de Administración
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo
dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo N°
047-2002-PCM.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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