RESOLUCION MINISTERIAL N° 308-2014-MINCETUR - Disponen la prepublicación del proyecto de Reglamento de Establecimientos de Hospedaje en el Portal Institucional del Ministerio

Fecha de disposición25 Octubre 2014
Fecha de publicación25 Octubre 2014
El Peruano
Sábado 25 de octubre de 2014
535850
Disponer en prepublicación del proyecto
de Reglamento de Establecimientos de
Hospedaje en el Portal Institucional del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 308-2014-MINCETUR
San Isidro, 24 de octubre de 2014
Visto, los Informes Nos. 357-2014-MINCETUR/VMT/
DNDT-DNS-RLB y 133-2014-MINCETUR/VMT/DNDT/
DNS-RGC y los Memorándums Nos. 1131 y 1168-2014-
MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27790 – Ley Organización y Funciones
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR
y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº
005-2002-MINCETUR y sus modif‌i catorias, señalan que
corresponde al MINCETUR promover, orientar y regular
la actividad turística, con el f‌i n de impulsar su desarrollo
sostenible;
Que, el artículo 27º de la Ley Nº 29408, Ley General
de Turismo, señala que son prestadores de servicios
turísticos las personas naturales o jurídicas que participan
en la actividad turística, con el objeto principal de
proporcionar servicios turísticos directos de utilidad básica
e indispensable para el desarrollo de las actividades de
los turistas; estableciendo en el literal a) del Anexo Nº 1
de la citada Ley que son prestadores turísticos los que
realizan servicios de hospedaje;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2004-
MINCETUR se aprobó el Reglamento de Establecimientos
de Hospedaje;
Que, respondiendo a las necesidades de
actualización, así como a los aportes recibidos por parte
de representantes de diversas instituciones públicas
y privadas del sector turismo; se considera necesario
actualizar el referido cuerpo normativo;
Que, siendo el Reglamento de Establecimientos de
Hospedaje una norma de carácter general, conforme a lo
establecido en el Reglamento que establece disposiciones
relativas a la publicidad, publicación de Proyectos
Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter
General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-
JUS, resulta pertinente disponer la prepublicación de la
referida norma conforme al procedimiento establecido;
De conformidad con la Ley Nº 29408 – Ley General
del Turismo, la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-2002-MINCETUR y sus modif‌i catorias y el Decreto
Supremo Nº 001-2009-JUS – Reglamento que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicación de
Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de
Carácter General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la prepublicación del proyecto
de Reglamento de Establecimientos de Hospedaje en el
Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo – MINCETUR (www.mincetur.gob.pe), durante el
plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento
y sugerencias por parte de las entidades públicas y
privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como
de las personas naturales interesadas. Las propuestas
y opiniones serán remitidas al correo electrónico:
ocamarena@mincetur.gob.pe.
Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Desarrollo
Turístico queda encargada de recibir, procesar, evaluar
y consolidar las diversas propuestas y opiniones
que se reciban acerca del proyecto de Reglamento
de Establecimientos de Hospedaje publicado, para
posteriormente elaborar el texto def‌i nitivo del mismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1155355-1
CULTURA
Autorizan viajes de funcionarios del
Ministerio a Brasil y Ecuador, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 023-2014-MC
Lima, 24 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del
Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye
pliego presupuestal del Estado;
Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación
del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas
programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de
la Nación, material e inmaterial; la creación cultural
contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e
industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de
la Nación;
Que, conforme al artículo 94 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Cultura,
Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento
y Contacto Inicial, es el órgano de línea responsable
de conducir las acciones de protección y respeto de
los derechos de los pueblos indígenas en situación
de aislamiento y en situación de contacto inicial del
país, teniendo como funciones, entre otras, concertar
y promover acciones para la protección de su cultura
y sus modos tradicionales de vida, de los pueblos en
situación de aislamiento y/o contacto inicial, reconociendo
la particular relación espiritual de estos pueblos con su
hábitat, como elemento constitutivo de su identidad, así
como, coordinar con otras entidades del sector público y
privado, nacional e internacional, en asuntos vinculados al
ámbito de su competencia;
Que, mediante documento signado como OF. RE
(DGM-DAS) N° 2-22-I/591 de fecha 9 de octubre de 2014,
el Director para Asuntos Sociales de la Dirección General
para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de
Relaciones Exteriores, comunica la realización de la IV
Reunión del Comité Directivo Regional (CODIR) del
Programa “Marco Estratégico para elaborar una Agenda
Regional de Protección a los Pueblos Indígenas en
Situación de Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial”,
que se llevará a cabo el 30 de octubre de 2014, en la
ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil,
solicitando se designe a un representante para asistir a
la citada reunión;
Que, a través del Informe N° 131-2014-DGPI-VMI-
MC de fecha 9 de octubre de 2014 y el Memorando
N° 790-2014-DGPI/VMI/MC de fecha 17 de octubre
de 2014, la Dirección General de Derechos de los
Pueblos Indígenas comunica al Viceministerio de
Interculturalidad la invitación recibida para participar
en el evento antes descrito, señalando que el mismo
tiene por objetivo examinar las actividades que se han
estado realizando en el marco del Programa “Marco
Estratégico para elaborar una Agenda Regional de
Protección a los Pueblos Indígenas en Situación de
Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial”, así como
asistir a la presentación del primer informe del Consultor
de Evaluación del Programa, resaltando que ésta será
una oportunidad que permitirá brindar una visión a
nivel regional amazónico de las acciones que se están
llevando a cabo en el Perú en materia de protección
de pueblos indígenas en situación de aislamiento y
contacto inicial, así como, intercambiar experiencias
específ‌i cas en la implementación de lineamientos de
política en benef‌i cio de estos pueblos entre los países
miembros del Tratado de Cooperación Amazónica -
OTCA;
Que, en vista de la importancia que tiene para el país
el citado evento y el interés institucional de participar y
debatir sobre los temas que serán expuestos en dicha
reunión, sobre todo para las funciones que realiza el
Viceministerio de Interculturalidad a través de la Dirección
de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto

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