Resolucion Ministerial N° 296-2022-MINCETUR. Eliminan e incorporan procedimientos administrativos del Ministerio del Ambiente, para su trámite a través de la VUCE

Fecha de publicación09 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 8 de noviembre de 2022

VISTOS, el Informe Técnico Legal N° 0011-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT-YND y el Memorándum N° 371-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 401-2022-MINCETUR/VMCE/DGFCE de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 745-2022-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y,

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) es el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional, así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de los diversos componentes y servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE, que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales figura el Ministerio del Ambiente; mientras que su Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que los procedimientos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, de la Resolución Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que aprueba su incorporación;

Que, mediante el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 241-2019-MINCETUR, se modificó y actualizó los procedimientos administrativos sobre residuos sólidos que el Ministerio del Ambiente asume a su cargo, entre los cuales se consignaron los siguientes: (i) “Inscripción en el registro autoritativo de las Empresas...

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