RESOLUCION MINISTERIAL N° 294-2015/MINSA - Aprueban transferencia de ambulancias que efectúa el Fondo Social del Proyecto Integral Bayóvar a favor de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Piura

Fecha de disposición15 Mayo 2015
Fecha de publicación15 Mayo 2015
El Peruano
Viernes 15 de mayo de 2015
552572
Que, en mérito a las consideraciones antes
expuestas, atendiendo a la transcendencia, temática y
relevancia del evento señalado en los considerandos
precedentes, resulta necesario autorizar la
participación de la abogada Dalia Miroslava Suárez
Salazar, Jefa de Gabinete del Despacho Ministerial
del Ministerio de Salud, para que integre la delegación
peruana que acompañará al Ministro de Salud en el
citado evento, siendo de interés institucional autorizar
su viaje al exterior;
Que, con Memorando Nº 880-2015-OGA/MINSA,
la Of‌i cina General de Administración del Ministerio de
Salud, informa que el viaje que realizará del 16 al 20
de mayo de 2015 la citada funcionaria, para asistir al
referido evento cuenta con la certif‌i cación presupuestal
correspondiente en la fuente de f‌i nanciamiento de
Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 del
Pliego 011: Ministerio de Salud, para la adquisición de
pasajes en tarifa económica, así como viáticos para
tres (3) días, incluido el equivalente a un día adicional
por concepto de gastos de instalación, en concordancia
con la normatividad vigente;
Que, mediante Informe Nº 134-2015-EGC-ODRH-
OGGRH/MINSA, la Of‌i cina General de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Salud, señala que
la participación de la citada funcionaria se encuentra
comprendida dentro de los alcances de la normatividad
legal vigente sobre autorización de viaje al exterior de
funcionarios y servidores públicos;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del
artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, el requerimiento
de viajes al exterior en el caso de las entidades del
Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por
supuestos distintos a los señalados en los literales a),
b), c), d), e) y f) del mismo numeral, deberá canalizarse
a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se
autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley
Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de los servidores y funcionarios públicos y su
modif‌i catoria; en su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modif‌i catorias; y en
el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la abogada Dalia
Miroslava Suárez Salazar, Jefa de Gabinete del Despacho
Ministerial del Ministerio de Salud, a la ciudad de Ginebra,
Confederación Suiza, del 16 al 20 de mayo de 2015,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de la citada
funcionaria en cumplimiento de la presente Resolución
Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de
f‌i nanciamiento de Recursos Ordinarios de la Unidad
Ejecutora Nº 001 del Pliego 011: Ministerio de Salud,
conforme al siguiente detalle:
- Pasaje aéreo tarifa económica (incluido TUUA) : US$ 3,934.14
- Viáticos por 03 días (US$ 1,620.00, incluido gastos de : US$ 1,620.00
instalación)
TOTAL : US$ 5,554.14
Artículo 3.- Disponer que la citada funcionaria,
dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su
retorno, presente ante el Titular de la entidad, con copia a
la Of‌i cina General de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el
evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas
de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1237596-13
Aprueban transferencia de ambulancias
que efectúa el Fondo Social del Proyecto
Integral Bayóvar a favor de la Dirección
Regional de Salud del Gobierno
Regional de Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 294-2015/MINSA
Lima, 11 de mayo de 2015
Visto, el Expediente N° 14-123125-001, que contiene
la Carta N° 1625-2014 /FOSPIBAY.GG del Fondo Social
del Proyecto Integral Bayóvar; y los Informes N°s 040-
2014-UPA-OL-OGA/MINSA y 051-2014-UPA-OL-OGA/
MINSA, así como el Memorándum N° 3284-2014-OGA/
MINSA de la Of‌i cina General de Administración;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996 se regula
el régimen aplicable a la utilización de los recursos
provenientes de los procesos de promoción de la
inversión privada en la ejecución de programas sociales,
disponiéndose en su artículo 4 que Proinversión
incorpora los recursos de los programas de carácter
social provenientes de los procesos de promoción de
la inversión privada, en la fuente de f‌i nanciamiento
Donaciones y Transferencias, y los transf‌i ere a un
“Fondo Social” constituido por una persona jurídica sin
f‌i nes de lucro;
Que, al amparo de lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 996, el 26 de abril de 2012, la Asociación
Fondo Social del Proyecto Integral Bayóvar y el Estado
Peruano, debidamente representado por la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSION,
suscribieron el Convenio que tenía por objeto materializar
la transferencia al Fondo Social del Proyecto Integral
Bayóvar de los recursos provenientes de los Contratos de
Transferencia de las Concesiones Mineras de Fosfatos,
Calcáreos, Diatomitas y Yeso del Proyecto Bayóvar, así
como del Contrato de Opción de las Concesiones Mineras
de Salmueras del referido proyecto;
Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el régimen
aplicable a la utilización de los recursos provenientes
de los procesos de promoción de la inversión privada
destinados a la ejecución de programas de carácter social,
consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en
benef‌i cio de la población ubicada en la zona de inf‌l uencia
del proyecto promovido;
Que, los literales a) y b) del numeral 1 del artículo 8
del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado
por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establecen como
primera prioridad del destino de los recursos del Fondo
el desarrollo de capacidades humanas y provisión de
servicios básicos que contribuyan a reducir los niveles de
desnutrición en la población infantil, elevar los estándares
de calidad de la educación y la salud, aumentar la
provisión de servicios de saneamiento, entre otros,
mediante la implementación de obras de infraestructura
básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y
saneamiento; y, equipamiento, mantenimiento, reparación
y rehabilitación de centros de salud y educativos;
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 996,
concordante con el artículo 22 de su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que
concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter
social, se procederá a su transferencia en favor de las
entidades benef‌i ciarias públicas y privadas sin f‌i nes
de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas

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