Lima, 6 de diciembre de 2023
VISTOS: el Oficio Nº 000979-2023-SERVIR-PE y el Informe Técnico Nº 000247-2023-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° D000808-2023-PCM-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, y el Informe N° D000233-2023-PCM-OM de la Oficina de Planeamiento, Modernización y Cooperación de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, encargado de coordinar las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, mediante Decreto Supremo N° 107-2023-PCM, se modifica la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, en cuya Cuarta Disposición Complementaria Final se dispone que la Presidencia del Consejo...