RESOLUCION MINISTERIAL N° 282-2015-MINEDU - Aprueban cronograma del procedimiento excepcional de reasignación por las causales de interés personal y de unidad familiar, tipos 1, 2 y 3, para los cargos de profesor de Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico Productiva correspondiente al año 2014

Fecha de disposición30 Mayo 2015
Fecha de publicación30 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 30 de mayo de 2015
553666
Denominación Actual Denominación Anterior
a. De cubierta:
Patrón uvial de primera
Patrón uvial de segunda Patrón Fluvial
Patrón uvial de tercera Practico Fluvial
Contramaestre uvial Contramaestre Fluvial
b. De ingeniería
Primer o cial de máquinas uvial
Segundo o cial de máquinas uvial
Tercer o cial de máquinas uvial
Motorista uvial superior
Motorista uvial Motorista Fluvial
Electricista uvial Electricista Fluvial
c. De marinería
Marinero uvial Marinero Fluvial
Auxiliar de motorista uvial
Que, en la clasi cación del personal uvial se
observa que no existe la malla curricular de las nuevas
denominaciones:
Patrón uvial de primera
Primer o cial de máquinas uvial
Segundo o cial de máquinas uvial
Tercer o cial de máquinas uvial
Motorista uvial superior
Auxiliar de motorista uvial
Que, es necesario establecer un periodo de transición
de UN (1) año calendario a partir de la fecha de publicación
de la presente Resolución Directoral, para el personal
Marina Mercante Fluvial hasta la publicación de la curricula
aprobada;
Que, estando a lo propuesto por el Jefe del
Departamento de Personal Acuático y a lo recomendado
por el Director de Control de Actividades Acuáticas y
a lo evaluado por el Director de Asuntos Legales y a lo
opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General
de Capitanías y Guardacostas.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.-Establecer un periodo de transición de UN (1)
año calendario a partir de la fecha de publicación de la presente
Resolución Directoral, para el personal Marina Mercante
Fluvial hasta la publicación de la curricula aprobada:
Artículo 2º.- Publicar en el Portal electrónico de la
Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución Directoral
en el diario O cial “El Peruano”, la mismo que entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese y comuníquese como Documento O cial
Publico (D.O.P.)
VÍCTOR POMAR CALDERÓN
Director General de Capitanías y Guardacostas
1243915-1
EDUCACION
Aprueban cronograma del procedimiento
excepcional de reasignación por las
causales de interés personal y de unidad
familiar, tipos 1, 2 y 3, para los cargos
de profesor de Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica y Técnico
Productiva correspondiente al año 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 282-2015-MINEDU
Lima, 29 de mayo de 2015
CONSIDERANDO:
señala, entre otros aspectos, que la reasignación es
la acción de personal mediante la cual el profesor se
desplaza de un cargo a otro igual que se encuentre
vacante, en cualquiera de las áreas magisteriales, sin
modi car la escala magisterial alcanzada; precisando que
dicho procedimiento se efectúa previo a los procesos de
nombramiento y contratación docente;
Que, el numeral 154.3 del artículo 154 del Reglamento
de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto
Supremo N° 004-2013-ED, señala que el Ministerio de
Educación establecerá los lineamientos y procedimientos
del proceso de reasignación; en tanto que el numeral
158.1 del artículo 158 de la misma norma establece que
el procedimiento de reasignación por causales de interés
personal y de unidad familiar se realiza anualmente, entre
los meses de octubre a diciembre, a petición de parte y
mediante concurso público;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0582-2013-
ED, se aprobó la Norma Técnica denominada “Normas
de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas de
Profesores comprendidos en la Carrera Pública Magisterial
de la Ley de Reforma Magisterial”, estableciendo en
el acápite 7.4 del numeral 7 que el procedimiento de
reasignación por las causales de interés personal y de
unidad familiar tiene 3 tipos, los cuales se desarrollan
entre los meses de octubre y diciembre de cada año, en
concordancia con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley
de Reforma Magisterial;
Que, el artículo 3 de la Resolución Ministerial N°
426-2014-MINEDU, modi có el numeral 10.20 de la
referida Norma Técnica, disponiendo la suspensión a
nivel nacional, durante el año 2014, del procedimiento
de reasignación por las causales de interés personal y
unidad familiar, con la nalidad de garantizar la viabilidad y
operatividad de las evaluaciones excepcionales previstas
Que, al haberse llevado a cabo los procesos de
evaluación excepcional que motivaron la suspensión
del referido procedimiento de reasignación durante el
año 2014, mediante Decreto Supremo N° 005-2015-
MINEDU se incorporó al Reglamento de Ley de Reforma
Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-
ED, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria,
la cual establece que el procedimiento de reasignación
docente por las causales de interés personal y de unidad
familiar, tipos 1, 2 y 3, para los cargos de profesor de
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica
y Técnico Productiva, correspondiente al año 2014, se
realizará, de manera excepcional, a nivel nacional, durante
los meses de mayo a agosto de 2015, con vigencia a partir
del inicio del año lectivo escolar 2016; de conformidad
con lo previsto en la Norma Técnica denominada “Normas
de Procedimiento para Reasignaciones y Permutas
de Profesores comprendidos en la Carrera Pública
Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial”, aprobada
por Resolución Ministerial N° 0582-2013-ED; sin perjuicio
de la realización del procedimiento de reasignaciones
correspondiente al año 2015;
Que, al haberse establecido un nuevo plazo para llevar
a cabo el procedimiento de reasignación antes indicado,
es necesario aprobar el cronograma correspondiente,
en el marco de lo dispuesto por la Cuarta Disposición
Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de
Reforma Magisterial;
De conformidad con lo previsto por el Decreto Ley
N° 25762, que aprueba la Ley Orgánica del Ministerio de
el Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto
Supremo N° 004-2013-ED y sus modi catorias; el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación; y la Resolución Ministerial N° 0582-2013-
ED, que aprueba las Normas de Procedimiento para
Reasignaciones y Permutas de Profesores comprendidos
en la Carrera Pública Magisterial de la Ley de Reforma
Magisterial;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el cronograma del
procedimiento excepcional de reasignación por las
causales de interés personal y de unidad familiar, tipos

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