Resolucion Ministerial N° 276-2022-EF/52. Resolución Ministerial que aprueba la contratación del Servicio de Asesoría Legal Especializada Internacional en virtud del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público

Fecha de publicación13 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 12 de diciembre del 2022

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a contratar los servicios de asesoría legal, financiera y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente, a la realización de las operaciones a su cargo, dispuestas bajo el ámbito del citado Decreto Legislativo, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante Decreto Supremo N° 167-2021-EF, se aprueban los “Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público”, cuyo literal b) del artículo 4 establece que se consideran servicios especializados vinculados directamente con la realización de las operaciones, a los servicios de asesoría legal especializados internacional y local referidos a la elaboración de contratos, preparación de prospectos informativos, reportes anuales, estructuración, negociación, asesoramiento y demás documentación legal necesaria, con la finalidad que la República del Perú pueda realizar las operaciones de endeudamiento, financiamientos contingentes, garantías, operaciones de administración de deuda y asunciones de deuda, en el mercado local y/o internacional, según lo requerido en cada caso; así como, aquellos servicios vinculados a los procedimientos de registro, inscripciones ante comisiones de valores internacionales, y a cualquier otro acto legal, de conformidad con los requerimientos del mercado;

Que, para efectos de la emisión y colocación de bonos de la República del Perú en la plaza financiera de Nueva York y en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes del citado Estado Federal de los Estados Unidos de América, en su oportunidad se registró ante la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos de América – SEC, el documento denominado “Reporte Anual” bajo el formato “18-K”, el cual contiene información sobre los valores materia de emisión, el emisor y demás hechos que el inversionista necesita para decidir sobre su inversión y que debe contener información...

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