Lima, 28 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Oficio N° 0176-2023-EF/50.03 de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los Memorandos Nos. 1082, 1279, 1368 y 1605-2023-MTC/03 del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, los Memorandos Nos. 1272, 1504, 1537, 1738 y 1810-2023-MTC/27 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, y el Oficio N° 0534-2023-MTC/09 y los Memorandos Nos. 2485, 3096, 3152 y 3233-2023-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2-B de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 31735, se autoriza a las entidades del gobierno nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, e inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante, el SNPMGI), en las materias de transportes y comunicaciones, entre otras, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 29230 y en su Reglamento; asimismo, se dispone que mediante resolución del Titular de la entidad se realiza la priorización de las inversiones a ejecutarse en el marco de lo previsto en el citado artículo;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado y del Decreto Legislativo N° 1534, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, aprobado por Decreto Supremo N° 210-2022-EF (en adelante, el Reglamento), establece que corresponde a la Entidad Pública aprobar la lista de priorización que incluya Inversiones que se encuentren registradas en el Programa Multianual de Inversiones (PMI), cuando corresponda, y cuenten con la declaración de viabilidad o aprobación, según corresponda, conforme a los criterios establecidos en el SNPMGI; además, la citada norma prevé que la lista de priorización puede incluir actividades de operación y/o mantenimiento;
Que, el numeral 19.2 del artículo 19 del Reglamento dispone que la lista de priorización de Inversiones y/o actividades de operación...