DECRETO LEGISLATIVO, Nº 1534, PODER EJECUTIVO - Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y dispone medidas para promover la inversión bajo el mecanismo de obras por impuestos-DECRETO LEGISLATIVO-Nº 1534

Fecha de disposición19 Marzo 2022
Fecha de publicación19 Marzo 2022
MateriaDerecho Público y Administrativo

DECRETO LEGISLATIVO

Nº 1534

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Que, el Congreso de la República mediante Ley N° 31380, delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica a fin de contribuir al cierre de brechas sociales, por un plazo de noventa (90) días calendario;

Que, el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31380 establece que el Poder Ejecutivo está facultado para legislar en el marco de la promoción de la inversión privada a fin de modificar el marco legal del mecanismo de Obras por Impuestos para ampliar sus fuentes de financiamiento y alcances para incluir a las IOARR, las IOARR de Estado de Emergencia Nacional, así como las actividades de operación y mantenimiento, a fin de asegurar y promover su utilización en todos los niveles de gobierno, con especial énfasis en gobiernos regionales y locales. Precisa, entre otros aspectos, que dichas medidas no deberán afectar el principio de transparencia, ni restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica;

De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 31380, y en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú, en el ejercicio de las facultades delegadas;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

Ha dado el decreto legislativo siguiente;

DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY Nº29230, LEY QUE IMPULSA LA INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL CON PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO, Y DISPONE MEDIDAS PARA PROMOVER LA INVERSIÓN BAJO EL MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto Legislativo tiene como objeto modificar la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, a fin de asegurar y promover su utilización en todos los niveles de gobierno, con especial énfasis en gobiernos regionales y locales, ampliando sus fuentes de financiamiento y alcances para incluir a las IOARR, las IOARR de Estado de Emergencia Nacional, así como las actividades de operación y mantenimiento.

Artículo 2 Modificación del artículo 2, del artículo 2-B, del artículo 8; del artículo 12 y de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado

Modifícanse el artículo 2, el artículo 2-B, el artículo 8, el artículo 12 y la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, en los siguientes términos:

Artículo 2. INVERSIONES EN EL MARCO DEL MECANISMO DE OBRAS POR IMPUESTOS

En el marco de lo establecido en la presente Ley, las empresas privadas que suscriban convenios de inversión, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la presente Ley, pueden financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición, e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, los que deben estar en armonía con las políticas y con los planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaración de viabilidad, o con la aprobación, según corresponda.

Artículo 2-B. EJECUCIÓN DE INVERSIONES DE LAS ENTIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL

Autorízase a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión, inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición, e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes...

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