Resolucion Ministerial Nº 136-2023-MINEM/DM. Aprueban la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 560-2021, solicitada por la empresa Enel Green Power Perú S.A.C.

Fecha de publicación03 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 28 de marzo de 2023

VISTOS: El Expediente N° 16393520 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables para la “Central Solar Clemesí”, cuyo titular es la empresa Enel Green Power Perú S.A.C.; la solicitud de la primera modificación de dicha concesión; el Informe N° 914-2022-MINEM/DGE-DCE y el Memorando N° 00710-2023/MINEM-DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0145-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 061-2021- MINEM/DM se otorga a favor de la empresa Enel Green Power Perú S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables para la “Central Solar Clemesí”, con una potencia instalada de 116,45 MW, ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, (en adelante, la CONCESIÓN) aprobándose el Contrato de Concesión N° 560-2021 (en adelante, el CONTRATO);

Que, mediante documento con registro N° 3353609 de fecha 19 de agosto de 2022, la empresa Enel Green Power Perú S.A.C. solicita la modificación de la CONCESIÓN, a fin de modificar la potencia instalada de 116,45 MW a 114,93 MW, y prorrogar la fecha de la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC);

Que, mediante documento con registro N° 3383140 de fecha 9 de noviembre de 2022, la empresa Enel Green Power Perú S.A.C. solicita que no se considere la modificación de la POC, señalando que mantendrá el calendario de ejecución de obras aprobado en el CONTRATO;

Que, el Código CE03-2 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modificatorias (en adelante, TUPA del MINEM), contiene el procedimiento administrativo de modificación de concesión definitiva de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables. Según este procedimiento, la solicitud debe resolverse en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, está sujeto a Silencio Administrativo Positivo (en adelante, SAP);

Que, el numeral 197.1 del artículo 197 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), dispone que pondrá fin al procedimiento administrativo, entre otros, el SAP;

Que, el numeral 199.1 del artículo 199 del TUO de...

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