Resolucion ministerial N° 127-2024-MINAM. Modifican el Presupuesto Institucional del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2024

Fecha de publicación16 Abril 2024
SecciónSección Única
Modifican el Presupuesto Institucional del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2024

Lima, 12 de abril de 2024


VISTOS; el Memorando Nº 00253-2024-MINAM/VMGA/GICA/CG de la Unidad Ejecutora 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental, el Memorando Nº 00305-2024-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00117-2024-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe Nº 00199-2024-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 368-2023-MINAM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, por un monto de S/ 476 452 751,00 (Cuatrocientos Setenta y Seis Millones Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Setecientos Cincuenta y Uno y 00/100 Soles) por toda fuente de financiamiento, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;


Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 006-2024 Decreto de Urgencia que establece Medidas Extraordinarias en materia Económica y Financiera para la Sostenibilidad Fiscal, el Equilibrio Presupuestario y la Eficiencia del Gasto Público, señala que en los casos que fuera necesario una modificación en las estimaciones de ingresos y saldos de balance por las fuentes de financiamiento Donaciones y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 30 de abril de 2024, para reducir su presupuesto institucional aprobado respecto a los recursos correspondientes a las mencionadas fuentes de financiamiento. Asimismo, el numeral 11.2 del mencionado artículo del precitado Decreto de Urgencia, señala que la modificación del presupuesto institucional autorizada en el numeral precedente se aprueba mediante resolución del titular del pliego para el caso de las entidades del Gobierno Nacional. La resolución del titular del pliego se publica en el diario oficial El Peruano, copia de la resolución del titular se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional...

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