Resolucion Ministerial N° 118-2023-MINEDU. Designan miembros del Consejo Nacional de Educación para el periodo 2023-2026
Fecha de publicación | 20 Febrero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 20 de febrero de 2023
VISTOS, los documentos que contiene el Expediente N° DM2023-INT-0043355, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 81 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación que tiene como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil; asimismo, opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana y está integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad;
Que, el artículo 155 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que el Consejo Nacional de Educación está integrado por los consejeros, quienes en conjunto conforman un organismo colegiado plural y multidisciplinario;
Que, el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 007-2002-ED, modificado por los Decretos Supremos N° 010-2002-ED y N° 002-2023-MINEDU, establece que el Consejo Nacional de Educación estará conformado por doce (12) integrantes y que deberá tener carácter plural y multidisciplinario; Asimismo, indica que sus miembros gozan de autonomía, siendo designados por un periodo de tres (3) años mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 094-2023-MINEDU, se crea le Comité encargado de desarrollar el proceso de evaluación de las propuestas de los y las candidatos/as para integrar el Consejo Nacional de Educación (en adelante, Comité de Evaluación);
Que, mediante Memorándum N° 00017-2022-MINEDU/DM, el Despacho Ministerial solicita a la Oficina General de Asesoría Jurídica la elaboración del proyecto de Resolución Ministerial mediante el cual se designe a los siete (07) primeros consejeros para integrar el Consejo Nacional de Educación, de conformidad con el Oficio N° 001-2023-COMITÉ-RM N° 094-2023-MINEDU y el Acta de fecha 10 de febrero de 2023, a través de los cuales el Comité de Evaluación presenta su propuesta de candidatos que cumplen con los requisitos necesarios para ser designados;
Que, bajo el citado marco normativo, resulta...
VISTOS, los documentos que contiene el Expediente N° DM2023-INT-0043355, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 81 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación que tiene como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil; asimismo, opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana y está integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad;
Que, el artículo 155 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que el Consejo Nacional de Educación está integrado por los consejeros, quienes en conjunto conforman un organismo colegiado plural y multidisciplinario;
Que, el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 007-2002-ED, modificado por los Decretos Supremos N° 010-2002-ED y N° 002-2023-MINEDU, establece que el Consejo Nacional de Educación estará conformado por doce (12) integrantes y que deberá tener carácter plural y multidisciplinario; Asimismo, indica que sus miembros gozan de autonomía, siendo designados por un periodo de tres (3) años mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 094-2023-MINEDU, se crea le Comité encargado de desarrollar el proceso de evaluación de las propuestas de los y las candidatos/as para integrar el Consejo Nacional de Educación (en adelante, Comité de Evaluación);
Que, mediante Memorándum N° 00017-2022-MINEDU/DM, el Despacho Ministerial solicita a la Oficina General de Asesoría Jurídica la elaboración del proyecto de Resolución Ministerial mediante el cual se designe a los siete (07) primeros consejeros para integrar el Consejo Nacional de Educación, de conformidad con el Oficio N° 001-2023-COMITÉ-RM N° 094-2023-MINEDU y el Acta de fecha 10 de febrero de 2023, a través de los cuales el Comité de Evaluación presenta su propuesta de candidatos que cumplen con los requisitos necesarios para ser designados;
Que, bajo el citado marco normativo, resulta...
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