RESOLUCION MINISTERIAL N° 116-2015-EF/52 - Aprueban los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio y las Municipalidades Distritales de Coyllurqui, Haquira, Challhuahuacho y Cotabambas

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición24 de Marzo de 2015
El Peruano
Martes 24 de marzo de 2015
549264
Artículo 21.- Requisitos de Elegibilidad
Los recursos canalizados o recibidos por las entidades
proveedoras de servicios nancieros y operadoras de
instrumentos de servicios no nancieros deben ser
destinados a las MIPYME que cumplan con los siguientes
requisitos:
a) No haber sido declarada insolvente por la autoridad
competente.
b) No prestar servicios a COFIDE o haberlos prestado
en un plazo menor a 6 meses de aprobado el Reglamento
Operativo del Instrumento que corresponda.
c) No haber incumplido con las obligaciones asumidas
con una entidad proveedora de servicios nancieros
o entidad operadora de instrumentos de servicios no
nancieros en el marco del presente Reglamento.
d) No presentar deudas coactivas reportadas de
seguridad social de los trabajadores ni otras obligaciones
no tributarias, lo cual se veri cará en la página web
de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (SUNAT) (Consulta RUC).
e) No haber sido sancionada con inhabilitación
temporal o de nitiva para contratar con el Estado, mientras
dure tal sanción lo cual se veri cará en la página web del
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE).
f) Otras que señale el Reglamento Operativo del
Instrumento que corresponda.
Solo en el caso de los recursos recibidos por las
entidades proveedoras de servicios nancieros, los
clientes MIPYME deben cumplir además con los siguientes
requisitos:
g) En caso de encontrarse clasi cada en la central de
riesgo de la SBS, no podrá tener una categoría menor a
“Cliente con Problemas Potenciales” (CPP).
h) Las necesidades de nanciamiento o garantía para
capital de trabajo, inversión en activo jo o proyectos de
inversión no excederá los importes establecidos en el
Reglamento Operativo respectivo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Informe Final de Liquidación
COFIDE pondrá en conocimiento de la Dirección
General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio
de Economía y Finanzas, el Informe Final de Liquidación
al que hace referencia el artículo 11 del presente
Reglamento.
Segunda.- Modifi caciones al Contrato de
Fideicomiso
Las modi caciones al Contrato de Fideicomiso podrán
ser propuestas por COFIDE y deberán contar con la
aprobación del Ministerio de Economía y Finanzas a
través de Resolución Ministerial.
1215683-5
Autorizan viaje de funcionario del
Ministerio a la República de Corea, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 115-2015-EF/43
Lima, 23 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Reunión Anual de las Asambleas de
Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo
– BID y de la Corporación Interamericana de Inversiones
– CII – 2015, se llevará a cabo en la ciudad de Busan,
República de Corea, del 26 al 29 de marzo de 2015;
Que, la mencionada reunión constituye un foro de
debate entre los Gobernadores de las referidas instituciones
y congrega no sólo a las principales autoridades del
Sector Público de los países miembros, sino también de
otros países de Europa y Asia, así como la participación
de autoridades de otras instituciones multilaterales,
representantes de agencias para el desarrollo, banqueros
y líderes empresariales; por lo que, con ocasión de dicha
reunión anual se organizan talleres o foros de discusión
y análisis del desarrollo político, económico y social,
fundamentalmente de América Latina y el Caribe, y sobre
el desarrollo económico mundial;
Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la
participación del señor Enzo Fabrizio De lippi Angeldonis,
Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial,
en la citada reunión, como integrante de la delegación del
Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, al respecto el literal f) del numeral 10.1 del
artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los
viajes que realicen los funcionarios del Poder Ejecutivo
para participar en las reuniones de los organismos
multilaterales nancieros de los que el país es miembro,
se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;
Que, en consecuencia y siendo de interés para el país,
resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos
serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de
Economía y Finanzas; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos; en la Ley N° 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que
aprueba las normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
y su modi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo
Nº 056-2013-PCM; así como, la Directiva Nº 002-2015-
EF/43.01 – Disposiciones y procedimientos para la
autorización de viajes por comisión de servicios al exterior
y en el territorio nacional y su respectiva rendición de
cuentas del personal del Ministerio de Economía y
Finanzas, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº
069-2015-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios del señor Enzo Fabrizio De lippi
Angeldonis, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho
Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, del 26 al
31 de marzo de 2015, a la ciudad de Busan, República de
Corea, para los nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes Aéreos : US $ 5 215,08
Viáticos (2 + 1 día) : US $ 1 500,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1215510-1
Aprueban los Convenios de Traspaso
de Recursos a ser suscritos entre
el Ministerio y las Municipalidades
Distritales de Coyllurqui, Haquira,
Challhuahuacho y Cotabambas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 116-2015-EF/52
Lima, 23 de marzo de 2015

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