RESOLUCION MINISTERIAL N° 115-2015-TR - Disponen la pre publicación del proyecto normativo 'Reglamento de la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo' en el portal institucional del Ministerio

Fecha de disposición21 Mayo 2015
Fecha de publicación21 Mayo 2015
El Peruano
Jueves 21 de mayo de 2015 552995
Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Inicio de la implementación del RETCC
en la Región Arequipa
Iníciese la implementación del Registro Nacional de
Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, creado
mediante Decreto Supremo N° 005-2013-TR, en la Región
Arequipa.
La implementación del RETCC en la Región Arequipa
culmina en el plazo de treinta (30) días calendarios,
contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de
la presente resolución ministerial. Una vez cumplido este
plazo, se inicia en la referida región la inscripción de los
trabajadores comprendidos en el ámbito de aplicación
del Reglamento del RETCC, aprobado mediante Decreto
Artículo 2.- Autoridad administrativa competente
La Sub Dirección de Registros Generales o quien
haga sus veces en la Gerencia Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa
es competente para la tramitación de la inscripción de los
trabajadores en el RETCC.
La Dirección de Prevención y Solución de Conf‌l ictos o
quien haga sus veces en la referida Gerencia Regional es
competente para resolver los recursos de apelación por
denegatoria de la inscripción en el RETCC.
Artículo 3.- Acciones de f‌i scalización del Sistema
de Inspección del Trabajo
Durante los sesenta (60) días hábiles siguientes
al cumplimiento del plazo a que se ref‌i ere el segundo
párrafo del artículo 1º de la presente resolución
ministerial, las actividades de f‌i scalización que realice
la autoridad competente del Sistema de Inspección
del Trabajo en la Región Arequipa, respecto de
las obligaciones derivadas del RETCC, serán
preferentemente de carácter preventivo; por lo que,
durante el periodo indicado, la autoridad competente
realizará actuaciones de orientación y asesoramiento
técnico en esta materia.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Cronograma para la inscripción en el
RETCC
A efectos de facilitar en la Región Arequipa la inscripción
de los trabajadores en el RETCC, la Gerencia Regional de
Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional
de Arequipa, mediante Resolución Gerencial, publicará un
cronograma de inscripción.
La Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del
Empleo del Gobierno Regional de Arequipa adoptará las
medidas administrativas que resulten convenientes para
la ef‌i ciente realización de lo establecido en la presente
resolución ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1239727-1
Disponen la pre publicación del
proyecto normativo “Reglamento de
Teletrabajo” en el portal institucional
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 115-2015-TR
Lima, 19 de mayo de 2015
VISTOS: El Of‌i cio N° 989-2015-MTPE/2/14 de la
Dirección General de Trabajo y el Informe N° 633-2015-
MTPE/4/8 de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final
establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, mediante decreto supremo, tiene a su cargo la
reglamentación de la referida ley;
Que, según lo señalado en el of‌i cio de vistos, la
Dirección General de Trabajo, en coordinación con la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, elaboró el texto f‌i nal
del mencionado reglamento;
Que, el artículo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-
JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas
a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y
difusión de Normas Legales de Carácter General; establece
que las entidades públicas dispondrán la publicación de
los proyectos de normas de carácter general que sean
de su competencia en el Diario Of‌i cial El Peruano, en sus
Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en
un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha
prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las
personas interesadas formulen comentarios sobre las
medidas propuestas;
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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