Lima, 14 de marzo de 2024
VISTOS: El Memorando N° 1110-2024-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, el Informe N° 086-2024-MTC/19.03.CGPGJVyO de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;
Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, (en adelante, el Reglamento), tiene por objeto, entre otros, definir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas, así como las condiciones para el uso del derecho de vía para la instalación de elementos y dispositivos no relacionados con el transporte o tránsito;
Que, el artículo 4 del Reglamento establece que el Ministerio de...