Resolucion Ministerial N° 1053-2022-DE. Declaran las vacantes para el Ascenso del Personal de oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú, Promoción 2023

Fecha de publicación07 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 6 de octubre de 2022

VISTO:

El Oficio N° 4922/CGE/N-01.3/02.00 del Comandante General del Ejército del Perú, de fecha de 04 de octubre 2022.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de ascensos tienen la finalidad de garantizar una línea de carrera profesional, sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los Oficiales al grado militar inmediato superior; desarrollado en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente;

Que, el artículo 9 de la norma citada en el párrafo precedente señala que, las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, la cuales son expedidas anualmente mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo, permaneciendo inalterables a lo largo del proceso;

Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, y sus modificatorias, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes; a) Cuadro Orgánico de Oficiales aprobado para el año siguiente al Proceso de Ascensos; b) Efectivo de Oficiales al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; las vacantes se determinan por promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formación, promociones de ingreso para los Oficiales de procedencia Universitaria; y clasificaciones y especialidades;

Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701 establece un periodo de transitoriedad para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 29108, que será Hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025. Asimismo, el Decreto Supremo N° 002-2018-DE contempla la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley N° 29108 a partir del...

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