Resolucion Ministerial Nº 100-2023-MINCETUR. Formalizan el inicio del proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM 2023 – 2030 del Sector Comercio Exterior y Turismo, y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación01 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 30 de marzo de 2023

VISTOS, el Memorándum N° 344-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y el Memorándum N° 343-2023-MINCETUR/SG/AJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, por Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN, como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya finalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país y se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Sus competencias son de alcance nacional y constituye un pliego presupuestario;

Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0009-2021/CEPLAN/PCD, se formaliza la modificación de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN, “Directiva para la Formulación y Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, cuyo artículo 6 señala que, para la formulación y actualización de políticas y planes estratégicos se aplica el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; asimismo, los artículos 7.2 y 7.3 de la precita Directiva, respecto a la articulación de las políticas y planes estratégicos entre otros precisa que, las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales, en el marco de las Políticas de Estado y de conformidad con la Política General de Gobierno, se concretan en los objetivos de los planes estratégicos sectoriales – PESEM, de los planes estratégicos multisectoriales – PEM y de los planes institucionales de cada entidad del sector público (PEI y POI), los cuales se articulan con los objetivos de desarrollo nacional del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN y se orientan al logro de la Visión de País;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 095-2022-PCM aprueba el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional – PEDN al 2050. La Tercera Disposición Complementaria Final de dicho Decreto Supremo establece que todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico articulan sus Planes Estratégicos a los Objetivos Nacionales, Objetivos Específicos y a las Acciones...

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