Resolucion ministerial Nº 066-2024-MINEM/DM. Aprueban el Programa Programación Multianual de Inversiones – PMI correspondiente al periodo 2025-2027 del Sector Energía y Minas

Fecha de publicación29 Febrero 2024
SecciónSección Única
Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Canadá, y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones

Lima, 28 de febrero de 2024


VISTOS: El Informe Nº 073-2024-MINEM-OGPP/OPPIC de la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0215-2024-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante, Decreto Legislativo Nº 1252), señala que, el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, cuya finalidad es orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;


Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 242-2018-EF (en adelante, TUO del Decreto Legislativo Nº 1252) establece que son Fases del Ciclo de Inversión, las siguientes: i) Programación Multianual de Inversiones, ii) Formulación y Evaluación, iii) Ejecución y iv) Funcionamiento;


Que, mediante el Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, el que tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la aplicación del Decreto Legislativo Nº 1252, modificado por los Decretos Supremos N° 179-2020-EF1 y N° 231-2022-EF;


Que, el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1252, señala que, la Programación Multianual de Inversiones, consiste en un proceso de coordinación y articulación interinstitucional e intergubernamental, de proyección tri-anual, como mínimo, tomando en cuenta los fondos públicos destinados a la inversión proyectados en el Marco Macroeconómico Multianual, el cual está a cargo de los Sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;


Que, en ese sentido, el numeral 14.1 del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF (en adelante, Reglamento) dispone que, la fase de programación multianual de...

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