Resolucion ministerial N° 066-2024-MINEDU. Aprueban el documento denominado “Alcances de las Inversiones de Rehabilitación, Ampliación Marginal de la Edificación u Obra Civil (AME) y Optimización del Sector Educación bajo la modalidad de ejecución de Núcleos Ejecutores, en el marco de la Ley N° 31015”

Fecha de publicación15 Febrero 2024
SecciónSección Única
Aceptan renuncia de Secretaria de la Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial

Lima, 13 de febrero de 2024


VISTOS, el Expediente Nº UPI.2023-INT-0359543, los Informes Nº 00670-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPI y N° 00031-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, de la Unidad de Programación e Inversiones como órgano encargado de cumplir las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación; los Memorándum N° 00805-2023-MINEDU/SPE-OPEP y 00076-2024-MINEDU/SPE-OPEP, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Oficio N° 01965-2023-MINEDU/VMGI-DIGEIE, de la Dirección General de Infraestructura Educativa y, los Informes N° 01544-2023-MINEDU/SG-OGAJ y N° 00135-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modificatorias (en adelante, el Decreto Legislativo N° 1252), dispone la creación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;


Que, mediante el párrafo 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, se dispone que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: i) La Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); ii) Los Órganos Resolutivos (OR); iii) Las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI); y, iv) Las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local;


Que, el literal b) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, señala que la Unidad de Programación e Inversiones (UPI) tiene entre sus funciones la de mantener relaciones técnico-funcionales con los órganos rectores del Sistema Nacional de Inversión Pública (hoy Sistema Nacional...

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