Lima, 8 de febrero de 2024
VISTOS: La Carta N° 006-2024/JP - AERODIANA SAC. de la empresa AERODIANA S.A.C., y el Informe N° 0022-2024-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el diario oficial “El Peruano”;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de...