RESOLUCION MINISTERIAL N° 042-2015-MINEDU - Aprueban el 'Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2015'

EmisorEDUCACION
Fecha de la disposición28 de Enero de 2015
El Peruano
Miércoles 28 de enero de 2015 545603
EDUCACION
Aprueban el “Listado de Locales
Escolares que forman parte del
Programa de Mantenimiento de la
Infraestructura y Mobiliario de los
Locales Escolares para el año 2015”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 042-2015-MINEDU
Lima, 27 de enero de 2015
VISTOS:
El O cio N° 00050-2015-MINEDU/VMGI-PRONIED,
elInforme Nº 130-2014-MINEDU/VMGI-PRONIED-
UGM-DFVG, yel Informe Nº 012-2015-MINEDU/VMGI-
PRONIED-OAJ, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por nalidad
de nir, dirigir y articular la política de educación, cultura,
recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley
establece como función del Ministerio de Educación,
el liderar la gestión para conseguir el incremento de la
inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional
de educación, así como los planes de inversión e
infraestructura educativa;
Que, a través del artículo 20 de la Ley N° 30281,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el año scal
2015, se autorizó al Ministerio de Educación, durante el
año scal 2015, a nanciar el Programa de Mantenimiento
de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares
2015, que incluye el mantenimiento preventivo y/o
correctivo de locales escolares, el mejoramiento de los
servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares
y de escritorio, materiales para uso pedagógico y
= 43.1 < 47.4 (PIES)
( 13.1 a 14.4 m.)
CUBIERTA INTERIOR Y
EXTERIOR
< 200 HP 359 820 323 840 287 860 251 870 215 890 179 910 143 930 107 950 71 960 35 980
= 200 < 300 HP 408 220 367 400 326 580 285 750 244 930 204 110 163 290 122 470 81 640 40 820
= 300 < 450 HP 511 810 460 630 409 450 358 270 307 090 255 910 204 720 153 540 102 360 51 180
= > 450 HP 619 500 557 550 495 600 433 650 371 700 309 750 247 800 185 850 123 900 61 950
= > 47.4 (PIES)
( = > 14.4 m.)
CUBIERTA INTERIOR Y
EXTERIOR
< 200 HP 622 960 560 660 498 370 436 070 373 780 311 480 249 180 186 890 124 590 62 300
= 200 < 300 HP 672 910 605 620 538 330 471 040 403 750 336 460 269 160 201 870 134 580 67 290
= 300 < 450 HP 776 420 698 780 621 140 543 490 465 850 388 210 310 570 232 930 155 280 77 640
= > 450 HP 884 170 795 750 707 340 618 920 530 500 442 090 353 670 265 250 176 830 88 420
Nota 1:
El contribuyente deberá tomar el valor de la Tabla que incluya todas las caracteristicas de la embarcación afecta.
Nota 2:
El tipo de cambio aplicable para la conversión en moneda nacional para aquellas embarcaciones adquiridas en moneda extranjera será el siguiente:
(NUEVOS SOLES POR DOLAR)
MES/AÑO 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014
ENERO 3.31 3.20 2.93 3.17 2.86 2.77 2.69 2.58 2.82
FEBRERO 3.29 3.19 2.89 3.25 2.85 2.78 2.68 2.59 2.80
MARZO 3.36 3.18 2.75 3.16 2.84 2.80 2.67 2.59 2.81
ABRIL 3.31 3.17 2.85 3.00 2.85 2.82 2.64 2.65 2.81
MAYO 3.29 3.18 2.84 3.00 2.84 2.77 2.71 2.73 2.77
JUNIO 3.26 3.17 2.97 3.01 2.83 2.75 2.67 2.78 2.80
JULIO 3.24 3.16 2.82 2.99 2.82 2.74 2.63 2.79 2.80
AGOSTO 3.24 3.16 2.95 2.95 2.80 2.73 2.61 2.81 2.84
SETIEMBRE 3.25 3.09 2.98 2.88 2.79 2.77 2.60 2.78 2.89
OCTUBRE 3.22 3.00 3.09 2.91 2.80 2.71 2.59 2.77 2.92
NOVIEMBRE 3.22 3.00 3.10 2.88 2.83 2.70 2.58 2.80 2.92
DICIEMBRE 3.20 3.00 3.14 2.89 2.81 2.70 2.55 2.80 2.99
Para embarcaciones adquiridas antes de enero de 2006, se aplicará el tipo de cambio correspondiente, al último dia al mes de adquisición.
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