RESOLUCION MINISTERIAL N° 034-2015-MIMP - Aprueban transferencia financiera a favor de Sociedades de Beneficiencia Pública destinada al pago de remuneraciones y pensiones correspondiente al mes de marzo de 2015
Fecha de publicación | 17 Marzo 2015 |
Fecha de disposición | 17 Marzo 2015 |
El Peruano
Martes 17 de marzo de 2015 548763
Artículo 2º.- Designar al señor Vicente Elmer
Rodríguez Rodríguez, en el cargo de Director de Sistema
Administrativo IV, Nivel F5, Jefe de la Ofi cina General
de Administración del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1212057-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Aprueban transferencia financiera a
favor de Sociedades de Beneficencia
Pública destinada al pago de
remuneraciones y pensiones
correspondiente al mes de marzo de
2015
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 034-2015-MIMP
Lima, 16 de marzo de 2015
Vistos, el Memorando Nº 095-2015-MIMP/DGFC
de la Dirección General de la Familia y la Comunidad,
el Informe Nº 063-2015-MIMP-DGFC-DIBPV-AACG de
la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado,
el Memorando Nº 137-2015-MIMP/OGPP de la Ofi cina
General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº
106-2015-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto
e Inversiones y el Memorando Nº 348-2015-MIMP/OGA
de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema
Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la
fi nalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la
comunidad en general para la promoción, atención y apoyo
a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en
general toda persona en situación de riesgo y abandono
o con problemas síquicos, sociales o corporales que
menoscaben su desarrollo humano; norma que a través
de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria
señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la
forma y plazo en el que las Sociedades de Benefi cencia
Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o
no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan
las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en
tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio de
Economía y Finanzas continuará transfi riendo los recursos
aprobados en la Ley de Presupuesto Público;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se
aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, la cual
establece en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de
la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su
ámbito de competencia el ejercicio de la rectoría sobre el
Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de
Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema
Nacional para la Población en Riesgo, entre otros;
Que, a través del artículo 12 de la Ley Nº 30281 – Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP a efectuar, mediante resolución del
Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las
Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran
bajo el ámbito de su competencia, para el pago de
remuneraciones y pensiones;
Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-
MIMP, señala que la Dirección General de la Familia y la
Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar,
promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas,
planes, programas y proyectos para la promoción y
fortalecimiento de las familias, para la reinserción familiar
de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales,
para la adecuada atención de la población por las
Sociedades de Benefi cencia Pública y los referidos a
Personas Adultas Mayores y sus derechos; así como
normar, diseñar, promover, coordinar y supervisar el
servicio de voluntariado;
Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando
Nº 095-2015-MIMP/DGFC del 4 de marzode 2015, la
Dirección General de la Familia y la Comunidad hace
suyo el Informe Nº 063-2015-MIMP-DGFC-DIBPV-
AACG de la Dirección de Benefi cencias Públicas y
Voluntariado, el cual solicita la transferencia de recursos
fi nancieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de
Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de
competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, hasta por la suma deCUATROCIENTOS
SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
79/100 NUEVOS SOLES(S/. 463 780,79), para el pago
de remuneraciones y pensiones,correspondiente al mes
de marzo de 2015;
Que, con Memorando Nº 137-2015-MIMP/OGPP del
5 de marzo de 2015, la Ofi cina General de Planeamiento
y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 106-2015-MIMP/
OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones, a
través del cual emite opinión favorable para la transferencia
fi nanciera a favor de treinta y un (31) Sociedades de
Benefi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el
pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al
mes de marzo de 2015, por lo que otorga la disponibilidad
presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS
SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
79/100 NUEVOS SOLES (S/. 463 780,79) en la Fuente
de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especifi ca de
gastos “2.4.1.3.1.4 a otras Entidades Públicas”y metas
presupuestarias señaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al
citado Informe;
Que, mediante Memorando Nº 348-2015-MIMP/
OGA del 6 de marzode 2015, la Ofi cina General de
Administración ha señalado que no encuentra objeción
para la transferencia fi nanciera a favor treinta y un (31)
Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran
bajo el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, la cual deberá ser formalizada con resolución
ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del
numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley Nº 30281 – Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
por lo que recomienda su trámite correspondiente;
Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el pago de
remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de
marzo de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las
treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que
se encuentran en el ámbito del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto
por el que se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por
la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y 79/100 NUEVOS SOLES
(S/. 463 780,79) a favor de las citadas Sociedades de
Benefi cencia Pública;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la
Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la
Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la
Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General
de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30281
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015; la Ley Nº 26918 – Ley de creación del Sistema
Nacional para la Población en Riesgo – SPR; el Decreto
Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer
y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba