RESOLUCION MINISTERIAL N° 0204-2015-MINAGRI - Designan a la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego como órgano responsable de la evaluación de las solicitudes de acogimiento al Régimen de Reintegro Tributario creado por Ley N° 28754, y al Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego como órgano responsable de la suscripción de los correspondientes Contratos de Inversión y sus respectivas adendas
Fecha de disposición | 16 Mayo 2015 |
Fecha de publicación | 16 Mayo 2015 |
Sección | Sección Única |
El Peruano
Sábado 16 de mayo de 2015
552616
el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales
aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización
Nº 228-2010-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas
por el Reglamento de Organización y Funciones de la
Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto
Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la
Mancomunidad Municipal
Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales
a la “Mancomunidad Municipal del Valle de Yanamarca”;
integrada por las Municipalidades Distritales de Acolla,
Janjaillo, Marco, Pomacancha y Tunan Marca de la Provincia
de Jauja, en el Departamento de Junín; reconociéndosele,
a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de
derecho público, como entidad pública.
Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo
Directivo
Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad
Municipal del Valle de Yanamarca”, como sigue:
- Presidente: Jaime Fernando Esteban Aquino, alcalde
de la Municipalidad Distrital de Acolla.
- Director: Narciso Pedro Hilario Espinoza, alcalde de
la Municipalidad Distrital de Janjaillo.
- Director: Hernán Arias Baldeón, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Marco.
- Director: Aldo Hugo Contreras Mallma, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Pomacancha.
- Director: Jhonni Henri Arias Tabraj, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Tunan Marca.
Artículo 3º.- Registro de Anexos
Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto,
el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales
que aprueban la Constitución de la “Mancomunidad
Municipal del Valle de Yanamarca”, en el Registro de
Mancomunidades Municipales.
Artículo 4º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución
de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El
Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo
de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.
Artículo 5º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente
de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINI
Secretaria de Descentralización (s)
Presidencia del Consejo de Ministros
1238067-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan a la Dirección General de
Infraestructura Agraria y Riego como
órgano responsable de la evaluación de
las solicitudes de acogimiento al Régimen
de Reintegro Tributario creado por la Ley
N° 28754, y al Viceministro de Desarrollo
e Infraestructura Agraria y Riego como
órgano responsable de la suscripción
de los correspondientes Contratos de
Inversión y sus respectivas adendas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0204-2015-MINAGRI
Lima, 14 de mayo de 2015
VISTO:
El Ofi cio N° 152-2015/PROINVERSIÓN/DE, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 28754, Ley que elimina
sobrecostos en la provisión de obras públicas de
infraestructura y de servicios públicos mediante inversión
pública o privada, se dispuso que las personas jurídicas
que celebren contratos de concesión, a partir de la
vigencia de la referida Ley, en virtud de las disposiciones
contenidas en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y
normas modifi catorias y que se encuentren en la etapa
preoperativa, obtendrán derecho al reintegro tributario
equivalente al Impuesto General a las Ventas que les sea
trasladado o que paguen durante dicha etapa, siempre
que el mismo no pueda ser aplicado como crédito fi scal;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 110-2007-EF,
se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28754, Ley que
elimina sobrecostos en la provisión de obras públicas de
infraestructura y de servicios públicos mediante inversión
pública o privada;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 067-2015-EF,
se aprueban modifi caciones al Reglamento de la Ley N°
28754, Ley que elimina sobrecostos en la provisión de
obras públicas de infraestructura y de servicios públicos
mediante inversión pública o privada, aprobado por el
Decreto Supremo N° 110-2007-EF;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Supremo N° 067-2015-EF, establece que
los Sectores mediante Resolución del Titular, deberán
designar al órgano u órganos responsables de la
evaluación de las solicitudes de acogimiento al Régimen
de Reintegro Tributario creado por la Ley N° 28754 y sus
respectivas normas modifi catorias y reglamentarias, así
como al titular del órgano responsable de la suscripción
de los correspondientes Contratos de Inversión y sus
respectivas adendas. Dichas designaciones deberán ser
comunicadas a PROINVERSIÓN, en un plazo máximo de
cinco (5) días hábiles contado a partir de la emisión de la
correspondiente Resolución;
Que, en consecuencia, resulta necesario designar al
órgano responsable de la evaluación de las solicitudes de
acogimiento al Régimen de Reintegro Tributario creado por
la Ley N° 28754 y sus respectivas normas modifi catorias y
reglamentarias, así como al titular del órgano responsable
de la suscripción de los correspondientes Contratos de
Inversión y sus respectivas adendas del Ministerio de
Agricultura y Riego;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,
modifi cado en cuanto a su denominación, entre otros,
por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y
Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-
MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la Dirección General de
Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura
y Riego, como órgano responsable de la evaluación de
las solicitudes de acogimiento al Régimen de Reintegro
Tributario creado por la Ley N° 28754 y sus respectivas
normas modifi catorias y reglamentarias.
Artículo 2.- Designar al Viceministro de Desarrollo e
Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura
y Riego, como órgano responsable de la suscripción
de los correspondientes Contratos de Inversión y sus
respectivas adendas.
Artículo 3.- Comunicar las designaciones efectuadas
a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada –
PROINVERSIÓN en un plazo de cinco (05) días hábiles,
contados a partir de la expedición de la presente Resolución,
así como a los órganos designados, para los fi nes de Ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1237575-1
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