RESOLUCION MINISTERIAL N° 017-2015-EF/10 - Conforman “Comisión Sectorial de Seguimiento del Avance de Ejecución del Gasto no vinculado a Proyectos de Inversión Pública de los Pliegos Presupuestarios del Sector Economía y Finanzas”

Fecha de disposición16 Enero 2015
Fecha de publicación16 Enero 2015
El Peruano
Viernes 16 de enero de 2015 544803
Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa,
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015, en el Sistema
Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, en
un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles desde su
aprobación, así como en la página web del Ministerio.
Artículo 3°.- Disponer que el Plan Anual de
Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009: Of‌i cina
General Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego
026: Ministerio de Defensa, se ponga a disposición
de los interesados al precio equivalente del costo de
reproducción, en la Dirección General Previsional de las
Fuerzas Armadas, sito en la Avenida La Peruanidad S/N,
Edif‌i cio Quiñones, distrito de Jesús María, provincia y
departamento de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1189098-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban las Metas e Indicadores
de Desempeño del Sector Economía
y Finanzas para el año 2015, en el
marco de las Políticas Nacionales de
Obligatorio Cumplimiento establecidas
en el Decreto Supremo Nº 027-2007-
PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 015-2015-EF/41
Lima, 14 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM def‌i ne
y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio
Cumplimiento, en adelante el PNOC, para las entidades del
Gobierno Nacional, a f‌i n que el conjunto de instituciones
y funcionarios públicos impulsen transversalmente su
promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las
políticas sectoriales;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 111-2012-
PCM, se incorporó la Política Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres dentro de las Políticas Nacionales
de Obligatorio Cumplimiento para todos los niveles del
Gobierno Nacional, dado que tiene como f‌i nalidad la
protección de la vida de la población y el patrimonio de las
personas y del Estado;
Que, con la aprobación de la Política Nacional de
Modernización de la Gestión Pública, a través del Decreto
Supremo N° 004-2013-PCM, se derogó el Decreto
Supremo N° 025-2010-PCM que modif‌i el Decreto
Supremo N° 027-2007-PCM, en lo referido a simplif‌i cación
administrativa, por lo que, dicho aspecto no es abordado
en el PNOC 2015;
Que, asimismo, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº
027-2007-PCM señala que, dentro de los primeros quince
días del mes de enero de cada año, mediante Resolución
Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán
las metas concretas y los indicadores de desempeño para
evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas
Nacionales y Sectoriales de su competencia;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 7 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Economía y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo
Nº 117-2014-EF, es función del Ministro de Economía y
Finanzas, orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar,
ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y
sectoriales a su cargo en armonía con la política general
del Gobierno;
Que, en el marco de lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 027-2007-PCM, la Of‌i cina General de
Planif‌i cación y Presupuesto del Ministerio de Economía
y Finanzas - MEF, ha formulado las Metas e Indicadores
de Desempeño del Sector Economía y Finanzas para el
año 2015, considerando las propuestas presentadas por
los órganos del Ministerio de Economía y Finanzas y por
los organismos públicos adscritos y entidades vinculadas
al Sector;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las
Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Economía
y Finanzas para el año 2015, en el marco de las Políticas
Nacionales de Obligatorio Cumplimiento; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo
N° 027-2007-PCM y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de Metas e Indicadores de
Desempeño
Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del
Sector Economía y Finanzas para el año 2015, en el marco
de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento
establecidas en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM
y sus modif‌i catorias, que como Anexo forman parte de la
presente resolución.
Artículo 2.- De la publicación
La presente resolución es publicada en el Diario
Of‌i cial “El Peruano” y el Anexo es publicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.
mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1188866-1
Conforman “Comisión Sectorial de
Seguimiento del Avance de Ejecución
del Gasto no vinculado a Proyectos
de Inversión Pública de los Pliegos
Presupuestarios del Sector Economía y
Finanzas”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 017-2015-EF/10
Lima, 15 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley Nº
los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan
políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría
respecto de ellas;
Que, el numeral 2 del artículo 25 de la citada Ley,
establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre
otras funciones, aprobar la propuesta de presupuesto de
las entidades de su sector y supervisar su ejecución;
Que, el artículo 6 del Tex to Único Ordenado de la
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-
2012-EF, establece que la Of‌i cina de Presupuesto o la
que haga sus veces, es la responsable de conducir el
Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a
las disposiciones que emita la Dirección General del
Presupuesto Público, para cuyo efecto, entre otras
atribuciones, controla la información de ejecución de
ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus
modif‌i caciones;
Que, el literal j) del artículo 46 de Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Economía
y Finanzas, aprobado con Decreto Supremo Nº 117-
2014-EF, asigna a la Of‌i cina General de Planif‌i cación
y Presupuesto, entre otras funciones, la de informar
a la Alta Dirección sobre la situación del avance de la
ejecución presupuestal del pliego institucional y de los
pliegos de los organismos públicos adscritos al Sector,
elaborando proyecciones de gasto y de avance de metas
f‌i n ancieras; asimismo, el literal g) del artículo 49 del
citado Reglamento, dispone que corresponde a la Of‌i cina
de Presupuesto, Inversiones y Cooperación Técnica,

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