RESOLUCION MINISTERIAL N° 0088-2015-MINAGRI - Aprueban pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios

Fecha de publicación06 Marzo 2015
Fecha de disposición06 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 6 de marzo de 2015
548044
Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley Nº
29736, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014-
MINAGRI, señala que podrán participar en los programas
o proyectos de Reconversión Productiva Agropecuaria
aquellos productores que reúnan los siguientes requisitos:
a) persona natural o jurídica; b) contar con documentos
expedidos por la autoridad competente, que acredite la
condición de propietario o posesionario del predio; y, c)
tener el predio bajo producción agropecuaria;
Que, mediante solicitud de fecha 08 de febrero de 2015,
la ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
DE MANCO PATA DE UNION VISTA ALEGRE, ha
formulado a favor de los nueve (09) productores agrarios
que se detallan en el siguiente considerando, Pedido
de Reconversión Productiva Agropecuaria para la
“Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM,
para la instalación y producción de Cacao en once (11)
hectáreas”, cuyo expediente signado como Pedido de
Reconversión Productiva Nº 10-2015-PRP cuenta con
la opinión favorable de las Unidades de Promoción y
de Negocios del Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las
mismas que se encuentran contenidas en el Informe
de Evaluación PRP Nº 0013-2015-MINAGRI-PCC-UN,
sustentado en el Informe Técnico PRP Nº 0004-2015-
MINAGRI-PCC-UN/JAR;
Que, los nueve (09) productores agrarios, referidos
en el considerando precedente; y, que han cumplido con
presentar el Compromiso de Reconversión Productiva
Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional
de Identidad, son los siguientes:
1. Marcial Jerí Quinta
2. Odi Perlita Jeri Ticona
3. Cirilo Huachaca Gómez
4. Víctor Bendezú Tomaylla
5. Víctor Bendezú Mucha
6. Fideón Pérez Quispe
7. Orgelia Lucila Pérez Quispe
8. Alejandro Alberto Tomaylla Molina
9. Vidal Flores Huamán
Que, en atención a dicho sustento técnico, la
Jefatura del Programa de Compensaciones para la
Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a
través de su Informe Final PRP Nº 013-2015-MINAGRI-
PCC, emite opinión favorable para la aprobación del
Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su
correspondiente f‌i nanciamiento, el mismo que ha sido
tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo
e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos
“Lineamientos Específ‌i cos para la atención del Ministerio
de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión
Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle
de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM” aprobados
por Resolución Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI;
Estando a la opinión emitida por la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego
mediante el Informe Nº 210-2015-MINAGRI-OGAJ; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba
la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de
Agricultura, modif‌i cado por la Ley Nº 30048, en cuanto
a su denominación; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado
Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el
Programa de Compensaciones para la Competitividad;
la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva
Agropecuaria y su Reglamento aprobado por el Decreto
Supremo Nº 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución
Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI, que aprueba los
nuevos “Lineamientos Específ‌i cos para la atención del
MINAGRI a los Pedidos de Reconversión Productiva
Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos
Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión
Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan
de Negocios
Aprobar el Pedido de “Reconversión Productiva
Agropecuaria presentado por la ASOCIACION DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE MANCO PATA
DE UNION VISTA ALEGRE, a favor de sus nueve (09)
miembros que se detallan en el noveno considerando de la
presente Resolución, respecto del mismo número de predios
que conducen, ubicados en la Comunidad de Unión Vista
Alegre, distrito de Kimbiri, provincia La Convención, Región
Cusco, contenido en el Proyecto de Reconversión Productiva
Agropecuaria “Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en
el VRAEM, para la instalación y producción de Cacao en
once (11) hectáreas”, incluido su f‌i nanciamiento, elaborado
por el Programa de Compensaciones para la Competitividad
del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y
Reconversión Productiva Agraria
Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de
Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de
Agricultura y Riego, para la respectiva notif‌i cación de la
ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
DE MANCO PATA DE UNION VISTA ALEGRE, a f‌i n
que suscriban con ésta el respectivo Convenio de
Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria
de los predios señalados en el artículo 1 precedente, para
cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio
de Agricultura y Riego.
Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento
y coordinación
Disponer según sus competencias que el Centro
Regional de Innovación Agroempresarial – CRIA Pichari y
el Programa de Compensaciones para la Competitividad
del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones
necesarias para la adecuada ejecución del proyecto
aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento
del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de
“Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el
VRAEM, para la instalación y producción de Cacao en
once (11) hectáreas” de los predios antes mencionados
perteneciente a los nueve (09) productores de la
ASOCIACION DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS
DE MANCO PATA DE UNION VISTA ALEGRE, referidos
en el noveno considerando de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
1208081-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0088-2015-MINAGRI
Lima, 3 de marzo de 2015
VISTOS:
El Expediente sobre Pedido de Reconversión
Productiva Nº 014-2015-PRP, iniciado por la ASOCIACION
DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS NUEVA
ALIANZA TRIBOLINE, el Informe Final PRP Nº 001-
2015-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de
Compensaciones para la Competitividad; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997 que
prueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura, modif‌i cado por la Ley Nº 30048 se
establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego
es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el
cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa
las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria;
ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio
cumplimiento por los tres niveles del gobierno;
Que mediante la Resolución Ministerial Nº 0297-
2014-MINAGRI, se aprobó la constitución de los Centros
Regionales de Innovación Agroempresarial - CRIAS,
entes que tienen por f‌i nalidad mejorar la inclusión de los
productores en el ámbito del Valle de los Ríos Apurímac,
Ene y Mantaro – VRAEM – a los servicios que brinda
el Ministerio de Agricultura y Riego, bajo los criterios
de ef‌i ciencia, ef‌i cacia y sostenibilidad, articulando a las
dependencias del Ministerio y los servicios que estas
brindan, en búsqueda de incrementar la capacidad
empresarial de los productores;

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