RESOLUCION MINISTERIAL N° 0020-2015-JUS - Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la SUNARP

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición22 de Febrero de 2015
El Peruano
Domingo 22 de febrero de 2015
547170
Finanzas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y
el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1203400-3
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Aprueban Cuadro para Asignación de
Personal Provisional de la SUNARP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0020-2015-JUS
Lima, 17 de febrero de 2015
VISTOS, el O cio Nº 002-2015-SUNARP/SN, del
Superintendente Nacional de los Registros Públicos (e); el
O cio Nº 054-2015-SUNARP-OGAJ/SG, de la Secretaría
General de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos; el Informe Nº 17-2015-OGA-ORRHH,
de la O cina de Recursos Humanos de la O cina General
de Administración; el Informe Nº 014-2015-OGPP-ORA,
de la O cina de Racionalización de la O cina General
de Planeamiento y Presupuesto; el O cio Nº 227-2015-
JUS/OGPP-ORA, de la O cina General de Planeamiento
y Presupuesto; el O cio Nº 036-2015-JUS/OGAJ y el
Informe Nº 042-2015-JUS/OGAJ, de la O cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal e) del artículo 4º de la Ley Nº 29809, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, dispone que el Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, es competente en diversas materias,
entre las que se encuentra la regulación registral;
Que, conforme al artículo 15º de la referida Ley Nº
29809, la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos - Sunarp, constituye un organismo público
adscrito el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
el mismo que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 034-2008-PCM, concordado con el Decreto
Supremo Nº 058-2011-PCM, constituye un organismo
público técnico especializado sujeto a los lineamientos
técnicos del Sector del que depende, como lo establece el
artículo 30º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema
Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia
de los Registros Públicos – Sunarp, con la nalidad
de mantener y preservar la unidad y coherencia del
ejercicio de la función registral en todo el país, orientado
a la especialización, simpli cación, integración y
modernización de la función, procedimientos y gestión de
todos los registros que lo integran;
Que, conforme al artículo 10º de la acotada Ley
N° 26366, se crea la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos, como ente rector del Sistema
Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica
de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía
funcional, jurídico registral, técnica, económica, nanciera
y administrativa;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
Sunarp, el cual establece su estructura organizativa acorde
a la Ley Nº 26366, Ley de creacion del Sistema Nacional
de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los
Registros Públicos;
Que, asimismo, mediante Resolución Suprema Nº
255-2009-JUS, se aprueba el Cuadro para Asignación de
Personal de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos - Sunarp;
Que, la Ley Nº 30065, Ley de Fortalecimiento de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(Sunarp), tiene como nalidad modernizar y mejorar la
cobertura y calidad de sus servicios, implementando
medidas efectivas de inclusión social, competitividad y
e ciencia tecnológica en su prestación, de acuerdo a las
nuevas demandas ciudadanas;
Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 007-
2014-JUS, se encarga a la Sunarp, la administración del
Sistema de Constitución de Empresas en Línea como el
sistema o cial para la constitución de empresas en línea
a nivel nacional;
Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece
en la Cuarta Disposición Complementaria Final que
el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el
Presupuesto Analítico de Personal - PAP será sustituido
por el instrumento de gestión denominado Cuadro de
Puestos de la Entidad - CPE;
Que, la Duodécima Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057,
Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de
la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se
establecerá la progresividad de la implementación de la
aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 152-2014-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº
001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de aplicación
progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos
de las Entidades”, que comprende las reglas básicas
para la aprobación del Cuadro de Asignación de
Personal Provisional - CAP Provisional, modi cada
mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 234-
2014-SERVIR/PE;
Que, asimismo, el numeral 5.5.2 del artículo 5º de
la citada Directiva, señala que la aprobación del CAP
Provisional, para el caso del Gobierno Nacional, que
incluye Ministerios, Organismos Públicos, Entidades
Administradoras de Fondos Intangibles de la Seguridad
Social Empresarial y las empresas del Estado
pertenecientes al Gobierno Nacional, se realizará por
Resolución Ministerial del Titular del Sector, previo
Informe Técnico de Aprobación del CAP Provisional que
emita SERVIR, conforme a lo dispuesto por el numeral 5.4
del citado artículo 5º;
Que, mediante Informe Nº 040-2014-SERVIR/GDSRH,
la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, emite
opinión técnica favorable al proyecto de Cuadro para
Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
- Sunarp;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos
y de la Superintendencia de los Registros Públicos; la
Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento,
y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-
SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 001-2014-
SERVIR/GPGSC – Reglas de aplicación progresiva para
la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades,
modi cado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 234-2014-SERVIR/PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación
de Personal Provisional de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos - Sunarp
Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional – CAP Provisional de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, conforme
al Anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución Ministerial.

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