RESOLUCION MINISTERIAL N° 0012-2015-JUS - Disponen transferir inmueble ubicado en la localidad de Huachipa, distrito de Lurigancho Chosica, provincia y departamento de Lima, en el marco del D.S. N° 005-2002-JUS, a favor de los correspondientes beneficiarios o sus herederos legales

Fecha de publicación18 Enero 2015
Fecha de disposición18 Enero 2015
El Peruano
Domingo 18 de enero de 2015
544976
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Disponen transferir inmueble ubicado
en la localidad de Huachipa, distrito
de Lurigancho Chosica, provincia y
departamento de Lima, en el marco del
D.S. Nº 005-2002-JUS, a favor de los
correspondientes beneficiarios o sus
herederos legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0012-2015-JUS
Lima, 15 de enero de 2015
VISTOS: El Memorando N.° 212-2014-JUS/VMDHAJ,
del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos
y Acceso a la Justicia; el Of‌i cio Nº 1617-2014-JUS-
CMAN/SE, de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión
Multisectorial de Alto Nivel, encargada del seguimiento de
las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la
Paz, la Reparación Colectiva y la Reconciliación Nacional
– CMAN y los Informes N.° 875-2014-JUS/OGAJ y N.°
021-2015-JUS/OGAJ, de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 003-2003/SBN-GO-
JAD, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia
de Bienes Nacionales, actual Superintendencia Nacional
de Bienes Estatales, aprobó la transferencia patrimonial
predial interestatal a título gratuito a favor del Ministerio de
Justicia del terreno de 80 575.78 m2, constituido por el Sub
Lote Nº 1 de la avenida Central, localidad de Huachipa,
distrito de Lurigancho Chosica, provincia y departamento
de Lima, inscrito a favor del Estado en la Partida Nº
42960292 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima,
destinado para la construcción de viviendas a favor de sus
respectivos benef‌i ciarios, en el marco de lo dispuesto por
los Decretos Supremos Nº 002-2002-JUS y Nº 005-2002-
JUS;
Que, mediante el Informe Final de la Comisión
Especial creada por mandato del Decreto Supremo Nº
005-2002-JUS, se propuso la entrega de doscientos (200)
Lotes a los benef‌i ciarios que residan en Lima, en un área
correspondiente al 50% del terreno de 80 575.78 m2
antes indicado;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS
se autorizó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
en representación del Estado peruano, a adoptar las
acciones necesarias para efectuar la transferencia a título
gratuito del Sub Lote Nº 1-A, resultante de la subdivisión
e independización del referido Sub Lote Nº 1, el que
f‌i gura inscrito en la Partida Nº 12168463 del Registro
de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP), a favor de los benef‌i ciarios a los que se ref‌i ere
el Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS;
Que, el artículo 3° del Decreto Supremo Nº 014-2006-
JUS antes acotado establece que el terreno denominado
Sub Lote Nº 1-B ubicado en la avenida Central, localidad
de Huachipa, distrito de Lurigancho Chosica, provincia
y departamento de Lima, debe ser materia de posterior
transferencia a título gratuito a los correspondientes
benef‌i ciarios, en el marco de lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 005-2002-JUS;
Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes,
el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos debe
perfeccionar la transferencia a título gratuito del Sub Lote
Nº 1-B, referido en el considerando precedente, a favor de
los benef‌i ciarios, en cumplimiento del Decreto Supremo
Nº 005-2002-JUS, concordante con lo dispuesto en el
artículo 3° del Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS;
Que, el ordenamiento jurídico administrativo integra
un sistema orgánico que tiene autonomía respecto de
otras ramas del derecho, cuyas fuentes del procedimiento
administrativo son, entre otras, los Tratados y Convenios
internacionales, así como las leyes y disposiciones de
jerarquía equivalente, como los Decretos Supremos y
demás normas reglamentarias de otros Poderes del
Estado, conforme lo establece el artículo V del Título
Preliminar de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
Que, la Segunda Disposición Complementaria de
la Ley N.° 29151, Ley General del Sistema Nacional de
Bienes Estatales, establece que la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales (SBN) está facultada
para expedir resoluciones declarando la reversión,
desafectación, extinción de la afectación o de la cesión en
uso, extinción de la designación o de la reserva sobre las
transferencias de dominio, afectaciones, cesiones en uso,
u otras formas de designación, asignación, afectación o
reserva de predios estatales aprobadas, inclusive, antes
de la entrada en vigencia de la presente Ley, que no hayan
cumplido con la f‌i nalidad asignada, independientemente
del dispositivo, acto o nivel jerárquico con el cual hayan
sido otorgados;
Que, lo expuesto en los considerandos precedentes,
sustenta los alcances de la presente Resolución Ministerial
de perfeccionamiento de la transferencia de dominio con
efectos registrales a favor de los benef‌i ciarios o a sus
herederos legales, de acuerdo con el Decreto Supremo
Nº 005-2002-JUS, en el marco del ordenamiento jurídico
nacional en general y en particular, del Sistema Nacional
de Bienes Estatales;
De conformidad con la Ley Nº 29809, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.° 011-2012-
JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General; la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales; el Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley
Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales y el Decreto Supremo Nº 014-2006-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Transferir el Sub Lote Nº 1-B ubicado
en la avenida Central, localidad de Huachipa, distrito de
Lurigancho Chosica, provincia y departamento de Lima,
cuya área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran
inscritas en la Partida Nº 42960292 del Registro de
Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP), en el marco del Decreto Supremo Nº 005-
2002-JUS, a favor de los correspondientes benef‌i ciarios o
a sus herederos legales, de ser el caso, cuya relación se
detalla en el Anexo 01, el que forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- La transferencia de propiedad dispuesta
por el Artículo 1°, se realizará conforme a los planos y
memoria descriptiva, los que en Anexo 02 forman parte
integrante de la presente Resolución.
La referida transferencia se realizará en cuotas
prediales iguales a favor de los benef‌i ciarios o sus
respectivos herederos legales, de ser el caso, debidamente
acreditados conforme a ley.
Artículo 3°.- Los documentos de formalización de la
transferencia de propiedad deberán consignar de manera
expresa que la misma se realiza para f‌i nes de vivienda.
Artículo 4º.- En el supuesto que los benef‌i ciarios o
sus herederos legales, de ser el caso, no destinen su
respectiva cuota predial a la f‌i nalidad de vivienda, se
aplicará la respectiva reversión al dominio del Estado,
según corresponda en cada caso, conforme a la normativa
del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Similar
reversión a la indicada precedentemente, se aplicará si
algún benef‌i ciario es sentenciado por delito en agravio del
Estado.
Artículo 5°.- Las obligaciones que asumirán los
benef‌i ciarios o sus herederos legales, según el caso,
se estipularán en las correspondientes minutas de
transferencia, conforme a lo establecido en la presente
Resolución, en concordancia con el ordenamiento jurídico
nacional.
Artículo 6º.- El valor simbólico de la transferencia
de dominio a cada benef‌i ciario será establecido en la
correspondiente Escritura Pública.
Artículo 7º.- El Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos mantendrá la titularidad de aquellos lotes de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR